REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL
Barinas, 09 de Enero del 2008.-
196º y 147º
Vista la Anterior solicitud de Bienes de Niños y/o adolescentes por el Fallecimiento de la ciudadana YSABEL CRISTINA GONZALEZ URQUIOLA, quién era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-11.185.389, madre de la niña y adolescente (se omite), de 09 y 12 años de edad, suscrita por el ciudadano MIGUEL ANTONIO MORACHO ROMERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.710.596, debidamente asistido por la defensora abogado KALIDIA SANTANDER BALOA, Defensora Publica Primera de Protección actuando en resguardo de los Derechos y Garantías de la niña y adolescentes de autos. Por cuanto la misma no es contraria a la moral, al orden público, a las buenas costumbres y ninguna disposición expresa de Ley de conformidad con el artículo 341 del Código de procedimiento Civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE de conformidad con el artículo 910 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Ofíciese al Director del Ministerio del Poder Popular para la Educación, Cultura Y deporte del Estado Barinas, a los fines que envié la cuota parte del dinero que les puedan corresponder por concepto de prestaciones Sociales, haberes en Caja de Ahorro, prestaciones del Seguro Social, y cualquier otro concepto que le pudiera corresponder a la niña y adolescente (se omiten), con ocasión a la muerte de su madre ciudadana YSABEL CRISTINA GONZALEZ URQUIOLA, quién era venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-11.185.389, a los fines de su administración por este Tribunal conforme a los artículos 267 del Código Civil y 177 Parágrafo Segundo Literal “b” LOPNA. Notifíquese a la Fiscal del Ministerio Público. Líbrese el oficio y boleta respectiva. Diarícese y Cúmplase.
La Juez Unipersonal Nº 2
Abg. Yolanda F. Guerrero G.
La Secretaria
Abg. Leandra Armario.
En la misma fecha se libro el Oficio N°_____________,y Boleta entregada al Ciudadano: ______________ Alguacil titular de este Tribunal.-
La Secretaria
Abg. Leandra Armario.
Exp. Nº S-8824.08
YFGG/mm.-
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