En el día de hoy, Quince (15) de Enero de Dos Mil Ocho, siendo las nueve de la mañana (9:00 AM), oportunidad fijada en auto anterior, se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en compañía de la Abogada OLIVA MOLINA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nro. 3.133.804, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 22.114 coapoderada judicial de la Ciudadana YRENE ROCIO GUZMAN DE RIVERA; y la Abogada SANDRA CERVELLIONE, titular de la cedula de identidad Nro. 10.561.390, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.618, quien en este acto asiste a la Ciudadana NORA BELIZA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.148.049, quien actúa en representación de los menores JONATHAN Y MARIA CELESTE RIVERA JIMENEZ; en el Inmueble ubicado en la vía Nacional Barinas-Mérida entre las calles 22 y 24 (al lado del parcelamiento Bella Vista) Parroquia Barinitas Municipio Bolívar del Estado Barinas; sitio este indicado expresamente por las partes solicitantes; a los fines de dar inicio a la realización del Inventario Judicial de los bienes que conforman el acervo hereditario del de cujus CELESTINO RIVERA FERNANDEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nro. 13.591.728, comisionado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con motivo de la solicitud realizada por la Ciudadana YRENE ROCIO GUZMAN DE RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.132.751 y NORA BELIZA JIMENEZ, antes identificada, quien se encuentra presente. Se designa como testigos a los Ciudadanos: JUDIT JOSEFINA PEREIRA DE ZORRILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.258.574 y JOSE MOISES LOPEZ DIAZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.873.458 a quienes el Tribunal notificó expresamente de su misión. Seguidamente se designa como Perito Avaluador al Ciudadano WILMER EDILIO PARRA MONTILLA, quien es venezolano, mayor de edad, economista, titular de la cedula de identidad Nro. 9.382.456, perteneciente a la Sociedad Venezolana de Economista Tasadores (SOVECTA) bajo el Nro. 161; y al Ciudadano JOSE EDGAR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.593.720, como practico, debidamente juramentados; manifestaron su aceptación. Acto seguido el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando por comisión en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a declarar formalmente Inventariado el siguiente bien: El Cincuenta por ciento (50%) de los derechos y acciones sobre una parcela de terreno (privado), ubicado en la vía nacional Barinas-Mérida, entre calles 22 y 24 (al lado del parcelamiento Bella Vista) de la Población de Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas, con una extensión de treinta metros (30 mts) de frente por treinta y cinco metros (35mts) de fondo, para un total de un mil cincuenta metros cuadrados (1.050mts2 ) cuyos linderos son los siguientes: NORTE: con vivienda rural de Pedro Bolcan; SUR: vivienda rural de Carmen Viscaya; ESTE: terrenos municipales y OESTE: Con carretera nacional Barinas-Mérida, no tiene mejoras, posee cercas perimetral (en partes de bloque), perteneciente al causante según se evidencia de documento debidamente protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Bolívar del Estado Barinas, en fecha12 de abril de 1993, bajo el Nro. 05, folios 9 al 11, Protocolo Primero, Principal y Duplicado segundo Trimestre del año 1993. Constatados los linderos anteriores con los apreciados por el practico designado los cuales son los siguientes: NORTE: terrenos ocupados por el seños Alessi actualmente; anteriormente el señalado utsupra; SUR: con vivienda rural de Carmen de Vizcaya, actualmente con Ylba Rosa Briceño; ESTE: Terrenos municipales, actualmente terrenos ocupados por Héctor Piña; y OESTE: carretera nacional Barinas-Mérida; y con una extensión de terreno aproximada de Mil Treinta y Cinco metros cuadrados (1.035mts2). Acto seguido el Perito designado del Avaluó realizado que comprende el Cincuenta por ciento (50%) del valor del bien objeto de este inventario, manifestó que el mismo tiene un valor de VENTISIETE MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs.f.27.500,oo). Seguidamente la abogada SANDRA CERVELLIONES solicita el derecho de palabra, y concedido como le fue expuso “Solicito al Tribunal se traslade a la parcela ubicada en el parcelamiento Bella Vista de la población de Barinitas la cual se encuentra signada con el Nro. 32 para de esta manera continuar con el Inventario Judicial perteneciente a la sucesión CELESTINO RIVERA y de esta manera culminar el Inventario en lo que se refiere a los bienes situados en este Municipios. Es todo”. Acto seguido el Tribunal acuerda lo solicitado y ordena el traslado al sitio antes indicado por la parte solicitante. Se deja constancia de la presencia igualmente de los agentes policiales Distinguidos WILSON DEIBES BECERRA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.504.822 y XAVIER GUSTAVO GONZALEZ DELGADO, titular de la cedula de identidad Nro.17.056.560; adscritos a la Zona Policial Nro. 04 Barinitas; siendo las Diez y Treinta minutos de la mañana (10:30 AM) y se ordena el traslado acordado anteriormente. Es todo, termino se leyó y conformes firman.- LS. La Juez, (fdo) ilegible. Coapoderada de la Ciudadana. (fdo) ilegible. Solicitante (fdo) ilegible. Abogada Asistente de la Solicitante (fdo) ilegible. Los Testigos (fdo) ilegible. El Perito Avaluador (fdo) ilegible. El Practico (fdo) ilegible. Funcionarios Policiales (fdo) ilegales. La Secretaria (fdo) ilegible.-























En el día de hoy, Quince (15) de Enero de Dos Mil Ocho, siendo las Diez y Cuarenta y Cinco minutos de la mañana (10:45 AM), oportunidad fijada en acta anterior se traslado y constituyo el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; en compañía de la Abogada OLIVA MOLINA ROMERO, titular de la cedula de identidad Nro. 3.133.804, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 22.114 coapoderada judicial de la Ciudadana YRENE ROCIO GUZMAN DE RIVERA; y la Abogada SANDRA CERVELLIONES, titular de la cedula de identidad Nro. 10.561.390, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.618, quien en este acto asiste a la Ciudadana NORA BELIZA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.148.049, quien actúa en representación de los menores JONATHAN Y MARIA CELESTE RIVERA JIMENEZ; en el Inmueble ubicado en el Parcelamiento Bella Vista signado con el Nro. 32 Parroquia Barinitas Municipio Bolívar del Estado Barinas; sitio este indicado por la solicitante; a los fines de dar continuación a la realización del Inventario Judicial de los bienes que conforman el acervo hereditario del de cujus CELESTINO RIVERA FERNANDEZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la cedula Nro. 13.591.728, comisionado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, con motivo de la solicitud realizada por la Ciudadana YRENE ROCIO GUZMAN DE RIVERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 8.132.751 y NORA BELIZA JIMENEZ, ya identificada y quien se encuentra presente en este acto. Se designa como testigos a los Ciudadanos: JUDIT JOSEFINA PEREIRA DE ZORRILLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 4.258.574 y JOSE MOISES LOPEZ DIAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 10.873.458 a quienes el Tribunal Notificó de su misión. Seguidamente se designa como Perito Avaluador al Ciudadano WILMER EDILIO PARRA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, economista, titular de la cedula de identidad Nro. 9.382.456, perteneciente a la Sociedad Venezolana de Economista Tasadores (SOVECTA) bajo el Nro. 161; y como practico al Ciudadano JOSE EDGAR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 3.593.720, quienes debidamente juramentados manifestaron la aceptación del cargo. Acto seguido el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, actuando por comisión en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, procede a declarar formalmente Inventariado el siguiente bien: El Cincuenta por ciento 50% de los derechos y acciones sobre una parcela de terreno (privado), ubicado en el parcelamiento Bella Vista signada con el Nro. 32, en la Población de Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas; con una área de Ochocientos Metros Cuadrados (800 MTS2) y cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Calle Olímpica en medio; SUR: Calle Baralt en medio; ESTE: Parcela Nro. 33 y OESTE: Parcela Nro. 31, adquirida por el causante, según documento Protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Bolívar del Estado Barinas, en fecha 18 de Agosto de 1998, bajo el Nro. 29, folios 79 al 80, Protocolo Primero, Adicional 1 Principal y Duplicado Tercer Trimestre del año 1998. Constatados los linderos anteriores con los apreciados por el practico designado, los mismos son los siguientes: NORTE: Calle Olímpica en medio actualmente con los señores: José Abad, Miriam Becerra y Doralis Ruiz; SUR: Calle Baralt en medio, actualmente calle Baralt Nro. 20; ESTE: Parcela Nro. 33, actualmente con la señora Blanca Moreno de Valderrama y OESTE: Parcela Nro. 31, actualmente con el señor Jesús Gómez; la parcela se encuentra totalmente cercada con paredes de bloque y sobre ella no existe bien-hechurias, con una extensión de terreno aproximada de NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, CON CUATROCIENTOS OCHENTA CENTIMETROS CUADRADOS (942,480 Mts2). Acto seguido el Perito designado manifiesta que del avaluó realizado y que comprende el Cincuenta 50% por ciento del valor del bien objeto de este inventario; el mismo tiene un valor de VEINTITRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 23.500,oo ). Se deja constancia de la presencia igualmente de los agentes policiales Distinguidos WILSON DEIBES BECERRA, titular de la cedula de identidad Nro. 14.504.822 y XAVIER GUSTAVO GONZALEZ DELGADO, titular de la cedula de identidad 17.056.560; adscritos a la Zona Policial Nro. 04 Barinitas; siendo las Once y Treinta minutos de la mañana (11:30) AM) y no habiendo otra diligencia que realizar el Tribunal decide regresar a su sede natural. Es todo. Termino, se leyó y conformes firman.- LS. La Juez, (fdo) ilegible. Coapoderada de la Ciudadana. (fdo) ilegible. Solicitante (fdo) ilegible. Abogada Asistente de la Solicitante (fdo) ilegible. Los Testigos (fdo) ilegible. El Perito Avaluador (fdo) ilegible. El Practico (fdo) ilegible. Funcionarios Policiales (fdo) ilegales. La Secretaria (fdo) ilegible.-