REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
PEDRAZA Y ANTONIO JOSE DE SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS


En el día de hoy jueves (24) de enero de dos mil ocho (2008), siendo las 09:00 am, oportunidad fijada para comenzar el Inventario Judicial solemne de los bienes dejados por el causante Ciudadano: JESÚS ANTONIO MÁRQUEZ GUERRERO, dando cumplimiento a la comisión ordenada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas; se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, previa habilitación del tiempo necesario, en la siguiente dirección: Sector Sabanas de Carrao, Población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas, específicamente en el sitio denominado “Fundo El Papayo”, lugar indicado por los solicitantes del presente Inventario Judicial Ciudadanos JESÚS ALBERTO MÁRQUEZ RIVAS y GLORIA TERESA MÁRQUEZ RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. V-6.674.438 y V-4.380.620, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio Omar Gatrif, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.711.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.624, a los fines de practicar el Inventario Judicial de los Bienes del Acervo Hereditario dejados por el difunto Ciudadano JESÚS ANTONIO MÁRQUEZ GUERRERO. Presentes en el sitio antes mencionado, siendo las 12:15 am, el Tribunal Notificó de su misión al Ciudadano Lucas Antonio Maluenga Roa, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.408.382, quien manifestó ser el encargado del fundo. Seguidamente el Tribunal designa como testigos a las ciudadanas Mirla Sonory Pérez Rangel, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.133.038 y Mirla Yilena Rodríguez Pérez, titular de la Cédula de Identidad Nº V-14.001.601. Acto seguido El Tribunal procedió a designar como Perito Avaluador y Fotógrafo a la Ciudadana Raiza Coromoto Silva de Bourrillon, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.301.029, Inscrita en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el N° 41.255, libro 180; quien estando presente aceptó el cargo para el cual ha sido designada y prestó el Juramento de Ley. Se acuerda hacer las anotaciones en letras y cifras. Seguidamente se procede a inventariar los siguientes Bienes:


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1°) Un (1) lote de sabanas propias, ubicado en el Sector Sabanas de Carrao, Población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas; constante de SEISCIENTAS CINCUENTA Y CUATRO HECTAREAS CON CINCO METROS (654.5 Has); según levantamiento topográfico presentado para su vista y devolución; Dicho inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: Norte: Con finca de Juvenal Molina y Rafael Molina. Sur: Con Río Turiba. Este: Con Finca de Asdrúbal Márquez. Oeste: Hato el Carrao. Sobre la parcela de terreno se encuentran fomentadas un (1) conjunto de mejoras y bienhechurías, consistentes en: Una (1) vivienda con paredes de tabla, piso de tierra, techo zinc con estructura de madera, todo en mal estado. Distribución: Una (1) habitación, cocina y corredor, con un área de sesenta y siete metros cuadrados con setenta y dos centímetros (67,72 m2).- Un (1) galpón sin concluir, presenta solo estructura metálica con un área de cuatrocientos ochenta metros cuadrados (480,00 m2). Dos (2) perforaciones: La primera perforación posee un tubo de dos pulgadas (2”) y quince metros (15 mts) de profundidad con una (1) motobomba Marca: Domopower, 5.5 Hp, Serial N° 9720070600201, a gasolina y la segunda perforación tiene un tubo de cuatro pulgadas (4”) y veinte metros (20 mts) de profundidad instalada a un (1) molino de viento edificado junto a una (1) laguna artificial en forma circular de cincuenta metros (50 mts) de diámetro por dos metros con cincuenta centímetros (2,50 mts) de altura en promedio que da un total de cuatro mil novecientos seis con veinticinco metros cúbicos (4.906,25 m3). El predio se presenta delimitado por cercas perimetrales de alambre de púas de cuatro (4) pelos con estantillos de madera cada dos (2) metros y madrinas cada treinta (30) a cincuenta (50) metros, internamente presenta una división en potrero sembrado con pastos naturales. La Perito avaluador manifiesta al tribunal que consignará en fecha posterior el respectivo informe donde se le asigne el valor respectivo a cada uno de los bienes antes inventariados. El tribunal le impone a la perito que debe consignar el mencionado informe lo antes posible en la presente comisión.- En este estado pidió el derecho de palabra el abogado asistente y concedidole como le fue expone: Le informo al tribunal que en este predio rustico no existen más bienes que inventariar, es por lo que le solicito al tribunal que se traslade y constituya en la siguiente dirección: Sector Agua Linda, Sabanas de Carrao, a 15 Kms aproximadamente de la población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas, específicamente en el sitio denominado “Fundo El Mereicito”. Seguidamente el Tribunal acuerda lo solicitado y se traslada siendo la 1:15 p.m., al sitio indicado por el abogado asistente. Terminó, se leyó y conformes firman.



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EL JUEZ LOS SOLICITANTES


Luís. A. Patiño. U. Jesús. A. Márquez R. Gloria T. Márquez. R.


ABOGADO ASISTENTE EL NOTIFICADO


Omar. Gatrif. Lucas. Antonio. Maluenga. Roa.


PERITO AVALUADOR y FOTOGRAFO


Raiza. C. Silva de B.


TESTIGOS


Mirla. S. Pérez. R. Mirla. Y. Rodríguez. P.


LA SECRETARIA


Leopolda. Pérez.

Seguidamente siendo las 2:05 p.m., del mismo día jueves (24) de enero de dos mil ocho (2008), se traslado y constituyó este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de esta Circunscripción Judicial, en la siguiente dirección: Sector Agua Linda, Sabanas de Carrao, a 15 Kms aproximadamente de la población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas, específicamente en el sitio denominado “Fundo El Mereicito”; sitio indicado por el abogado Omar Gatrif, identificado en autos; en compañía de las Testigos ciudadanas Mirla Sonory Pérez Rangel, titular de la cédula de identidad Nº V-10.133.038 y Mirla Yilena Rodríguez Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-14.001.601, y de la Ciudadana Raiza Coromoto Silva de Bourrillon, Perito Avaluador y Fotógrafo designada y juramentada previamente por este Tribunal; con la finalidad de continuar inventariando los bienes pertenecientes al de cujus JESÚS ANTONIO MÁRQUEZ GUERRERO, presentes en el sitio el tribunal Notificó de su misión al ciudadano Sergio Miguel Guillen Peraza, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.984.910, manifestando al tribunal que es el encargado del Fundo donde se encuentra constituido el Tribunal; Se acuerda hacer las anotaciones en letras y cifras. Seguidamente se procede a inventariar los siguientes Bienes:

2°) Un (1) lote de sabanas ubicadas Sector Agua Linda, Sabanas de Carrao, a 15 Kms aproximadamente de la población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas, específicamente en el sitio denominado “Fundo El Mereicito”, constante de MIL CIENTO SESENTA Y UN HECTAREAS CON CINCO MIL NOVECIENTOS METROS CUADRADOS (1.161 Has 5.900M2); según levantamiento topográfico presentado para su vista y devolución; Dicho inmueble se encuentra alinderado de la siguiente manera: Norte: Con Finca Agua Verde (también conocida como la otra parte del Mereicito). Sur: Con Río Turiba. Este: Con Sucesión Camacho. Oeste: Fundo Mata de Conuco. Sobre la parcela de terreno se encuentran fomentadas un (1) conjunto de mejoras y bienhechurías consistentes en: una (1) vivienda sin concluir que posee techo de acerolit, con paredes de tablas y concreto, piso de concreto en un cuarenta por ciento (40%) el resto del piso en tierra, distribuido en cuatro (4) habitaciones y un corredor; con un área de ciento cincuenta y ocho metros cuadrados con cuarenta centímetros (158,40 m2). Dos (2) baños con techo de zinc, estructura del techo metálica, piso de concreto, incluye ducha y w.c., con un área de 6,4 m2. Un (1) deposito y galpón construido con techo de zinc, piso de concreto, paredes de madera, con un área de noventa y seis metros cuadrados (96,00 m2). Un (1) deposito con techo de zinc, estructura de madera, piso de concreto, paredes de madera, con un área de veintiún metros cuadrados (21,00 m2). Un (1) caney y cocina anexa con paredes de tablas, con techo de palma, piso de tierra con área de 46,40 m2. Una (1) vaquera – caballeriza con techo de zinc, estructura de madera, piso de tierra, cercada con varetas de madera con un área de cuarenta y cuatro metros cuadrados (44 m2) junto a ella se encuentra Un Corral de madera. Dos (2) molinos de viento con una (1) perforación de cuatro pulgadas (4”) de diámetro por veinte metros (20 mts) de profundidad, cada una. Un (1) tanque elevado de asbesto con una capacidad aproximada de mil quinientos litros (1.500 lts) con una altura de tres metros (3 mts). Una (1) planta solar. Un (corral en cercas de madera continua de diez centímetros (10 cms) de ancho y un metro cincuenta centímetros (1,50 mts) de altura con encerradero, manga y coso de madera, con unas medidas de cincuenta y nueve metros (59 mts) de largo por cincuenta y ocho metros (58 mts) de ancho. El predio se encuentra delimitado por cercas perimetrales de alambre de púas de cuatro (4) pelos con estantillos de madera cada dos metros (2mts) y madrinas cada treinta (30) a cincuenta metros (50 mts) estas cercas se encuentran en regular estado. Internamente no presenta divisiones. En este estado pidió el derecho de palabra el Abogado Asistente Omar Gatrif y conferido como fue él mismo expuso: No existiendo más bienes que inventariar en este predio, es que solicito, muy respetuosamente a este tribunal a los fines de proseguir con el presente inventario judicial, se traslade y constituya en la siguiente dirección: Sector Agua Linda, Sabanas de Carrao, a 15 Kms aproximadamente de la población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas, en la “Finca Agua Verde”, específicamente frente a este Fundo. Seguidamente el tribunal acuerda lo solicitado y se traslada siendo la 3:00 p.m., al sitio indicado por el abogado asistente. Terminó, se leyó y conformes firman.-

EL JUEZ LOS SOLICITANTES



Luis. A. Patiño. U. Jesús A. Márquez R. Gloria T. Márquez R.


ABOGADO ASISTENTE EL NOTIFICADO


Omar Gatrif Sergio Miguel Guillen Peraza



PERITO AVALUADOR y FOTOGRAFO


Raiza. C. Silva de B.


TESTIGOS

Mirla. S. Pérez. R. Mirla. Y. Rodríguez. P.


LA SECRETARIA


Leopolda. Pérez.
Acto seguido este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de esta Circunscripción Judicial; se traslada y se constituye en el Sector Agua Linda, Sabanas de Carrao, a 15 Kms aproximadamente de la población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas, en la “Finca Agua Verde”, específicamente frente al “Fundo Mereicito”, específicamente en la “Finca Agua Verde”, acompañado de los solicitantes del presente Inventario Judicial Ciudadanos JESÚS ALBERTO MÁRQUEZ RIVAS y GLORIA TERESA MÁRQUEZ RIVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-6.674.438 y V-4.380.620, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio Omar Gatrif, titular de la cédula de identidad N° V-11.711.620, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.624, a los fines de continuar con la practica del Inventario Judicial de los Bienes del Acervo Hereditario dejados por el difunto Ciudadano JESÚS ANTONIO MÁRQUEZ GUERRERO, en compañía de las Testigos ciudadanas Mirla Sonory Pérez Rangel, titular de la cédula de identidad Nº V-10.133.038 y Mirla Yilena Rodríguez Pérez, titular de la cédula de identidad Nº V-14.001.601, y de la Ciudadana Raiza Coromoto Silva de Bourrillon, Perito Avaluador y Fotógrafo designada y juramentada previamente por este juzgado; El tribunal deja constancia de que no se Notificó a ninguna persona por encontrarse dicho inmueble deshabitado de personas y en estado de abandono; presentes en el sitio denominado “Finca Agua Verde”, siendo las 3:10 p.m., se acuerda hacer las anotaciones en letras y cifras. Seguidamente se procede a inventariar los siguientes Bienes:
3°) Un (1) lote de sabanas, ubicadas en el Sector Agua Linda, Sabanas de Carrao, a 15 Kms aproximadamente de la población de Maporal, Parroquia Ignacio Briceño Méndez, Municipio Pedraza, Estado Barinas. Acto seguido solicita el derecho de palabra el abogado asistente y concedidole como le fue expone: Debido a que son las 3:25 p.m. y este juzgado debe cerrar su despacho, es que solicito al tribunal que habilite el tiempo que sea necesario para culminar la presente comisión. De seguida el tribunal acuerda lo solicitado y continua con el presente inventario judicial. En toda la extensión de la finca se observan pastos naturales en poca cantidad. El predio se encuentra delimitado por cercas perimetrales de alambre de púas de cuatro (4) pelos con estantillos de madera cada dos metros (2mts) y madrinas cada treinta (30) a cincuenta metros (50 mts) estas cercas se encuentran en regular estado. Internamente no presenta divisiones.- Seguidamente la Perito Avaluador solicitó el derecho de palabra y concedidole como le fue expone al tribunal: Que en este momento no puedo presentar el valor detallado de cada uno de los predios inventariados, y que el valor de los mismos lo consignaré en un informe detallado con posterioridad en la sede del tribunal ejecutor. De seguida se deja constancia que todos los bienes señalados en el presente inventario no fueron valorados en la presente acta por cuanto la Perito Avaluador Manifestó al Tribunal que presentará con posterioridad en la sede del mismo el Informe global del Avalúo de los bienes descritos con los numerales 1°, 2° y 3° de la presente comisión.- En este estado, por cuanto no existen más bienes que inventariar y por cuanto ningún interviniente ha solicitado continuar dicho inventario Judicial este Tribunal declara cerrado el mismo y no habiendo otra diligencia que practicar en la presente comisión da por terminada la misma y acuerda el regreso a su sede natural siendo las 5:30 p.m. Terminó, se leyó y conformes firman.-


EL JUEZ LOS SOLICITANTES


Luis. A. Patiño. U. Jesús A. Márquez. R. Gloria T. Márquez. R.




ABOGADO ASISTENTE PERITO AVALUADOR y FOTOGRAFO



Omar. Gatrif . Raiza. C. Silva de B.

TESTIGOS



Mirla. S. Pérez. R. Mirla. Y. Rodríguez. P.



LA SECRETARIA



Leopolda. Pérez.


Com. 077-08