REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, Once (11) de febrero de dos mil ocho (2008)
197º y 148º
ASUNTO: EP11-S-2007-000173
PARTE OFERENTE: “BGP INTERNATIONAL OF DE VENEZUELA S.A”, domiciliada en Caracas, e inscrita ante el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 21 de Mayo de 2001 bajo el número 42, Tomo:543-A.
APODERADO DE LA PARTE OFERENTE: WILLIAN ENRIQUE CUEVAS RODRIGUEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad Nº V-8.049.472, e inscrito en el I.P.S.A con el Nº 55.722.
PARTE OFERIDA: JOHANA CAROLINA PEÑA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 16.980.926
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
En el día hábil de hoy; Seis (06) de Febrero dos mil Ocho (2008), siendo las Dos y Treinta (2:30) de la Tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente solicitud, se deja expresa constancia de que las partes: Oferente y Oferida no comparecieron a la realización de la Audiencia Preliminar ni por si ni por medio de Apoderados, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 148 ° y 197 °.
La Jueza;
Abg. Carmen G. Martìnez.
La Secretaria;
Abg. Nubia Domacase.
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