JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA
Maracaibo, 25 de Febrero de 2008
197º Y 149º
Vista la diligencia de fecha 13 del presente mes y año, suscrita por el Dr. NELSON AMADO RINCON, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 10.309, actuando con el carácter de apoderado actor, donde solicita se oficie a la Comandancia de la Policía del Estado Zulia y a la Comandancia de Policía del Municipio San Francisco del Estado Zulia, a los de que preste su colaboración sobre un inmueble identificado en actas, este Tribunal para resolver observa:
De una revisión a las actas, se constata que en fecha 16 de Octubre de 2007, las partes celebraron convenimiento, el cual fue homologado por este Juzgado por auto de fecha 22 de Octubre de 2007, en consecuencia y en virtud de que este Juzgador ya se pronunció sobre lo convenido por las partes, y homologado como está el referido convenimiento, se declara IMPROCEDENTE lo solicitado por haberse agotado la instancia. Así se decide.-
El Juez Provisorio,
La Secretaria,
Carlos Rafael Frías.
María Rosa Arrieta.





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