REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
Barinas, 29 de febrero del 2008.
Años 197º y 149º
Sent. N° 08-02-63.
Visto que en el encabezamiento de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 11 de los corrientes, por error material involuntario se colocó “11 de febrero de 2006”, siendo lo correcto “11 de febrero de 2008”, tal y como consta de las actas procesales que conforman el presente expediente. (Negrillas y subrayado de este Juzgado). En consecuencia, téngase el presente auto como complementario del referido fallo; Y ASI SE DECIDE.
La Juez Titular,
Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria Titular
Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. N° 07-8316-CF.
rm.