TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 15 de Julio de 2008
198 y 148

Vista la solicitud de Divorcio 185-A y los recaudos que la acompañan presentada en fecha 21-05-2008 por la ciudadana KAREEN ANDREINA SANCHEZ SOSA, venezolana, mayor de edad, titulare de la cédula de identidad Nº V-14.663.449, de este domiciliado, en el cual solicitan la disolución del Vinculo Matrimonial que contrajo en fecha 04-06-1.998, por ante la Prefectura del Municipio Barinas, Estado Barinas, con el ciudadano ARNALDO ARTURO ARO MENDOZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.278.997, de este domicilio.

Esta Sala de Juicio para decidir observa:
• En fecha 02-06-2008, se admitió cuanto ha lugar en derecho la solicitud de Divorcio presentada.
• Riela al folio siete (07), Boleta de Citación librada al ciudadano Arnaldo Arturo Aro Mendoza.
• Corre inserta al folio diez (10), boleta de citación a la Fiscal Séptima de Protección de este Estado, debidamente firmada en fecha 09-06-2008.
• Riela al folio doce (12), boleta de citación del ciudadano Arnaldo Arturo Aro Mendoza, debidamente firmada.
• De la revisión exhaustiva de las actas procesales se evidencia que el ciudadano Arnaldo Arturo Aro Mendoza, no compareció personalmente ante este Tribunal en la Tercera Audiencia después de su citación.

Por los razonamientos anteriormente expuestos esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Juez Unipersonal Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara terminado el procedimiento y ordena el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A en su ultimo aparte.
Publíquese, regístrese, expídanse copias de Ley y devuélvanse originales previa certificación en autos.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los Quince de Julio de Dos Mil Ocho.(L.S.) La Juez Unipersonal N° 01(fdo) Abg. Reyna Molina de Varela. La Secretaria (T)) (fdo) Abog. María Esperanza Camejo. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas a los quince días del mes de julio de dos mil ocho.-

La Secretaria (T),

Abog. María Esperanza Camejo



Exp. Nº C-10099-08
delfi.-