Definitivamente firme como ha quedado la Sentencia dictada por el Tribunal Segundo de Juicio Mixto de esta Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas en contra de los adolescentes: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto en el artículo 458 en relación con el encabezamiento del artículo 83 del Código Penal Venezolano, en perjuicio de los jóvenes Júnior Orlando Guerrero Hernández Renny Alexander Labrador Quintero, a los efectos de dar cumplimiento con lo previsto en el artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA)