REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, nueve de junio de dos mil ocho
198º y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2008-000119
PARTE ACTORA: ROSALIA AGUILAR, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.866.849
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MILAGRO DELGADO, ANALIA CENTENO, MARLING BRICEÑO, AURA TABLANTE y JAVIER BOSCAN, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número 15.073.311, 10.564.418, 14.149.404, 15.463.605 y 9.987.303 respectivamente e inscrito en el inpreabogado bajo el número 104.449, 64.720, 108.789, 101.882 y 76.939 en su orden
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA VIEJA ELENA.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: MANUEL CIPRIANO HEREDIA CONCHA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 2.504.714
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ARTURO CAMEJO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.263.816 e inscrito en el inpreabogado bajo el número 25.544
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 09 de junio de 2008, siendo las 09:00 a.m., día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente expediente, comparecen, por una parte el JAVIER BOSCAN quien es apoderado de la parte demandante en la presente causa ciudadana ROSALIA AGUILAR igualmente presente y por la otra el abogado ARTURO CAMEJO LOPEZ quien es apoderado de la parte demandada se encuentra presente igualmente el ciudadano MANUEL CIPRIANO HEREDIA quien es representante de la demandada dándose así inicio a la audiencia. la demandante ciudadana ROSALIA AGUILAR de manera voluntaria manifiesta el deseo de desistir del presente procedimiento, vista la manifestación de la demandada, se declara el desistimiento del presente procedimiento; en tal sentido este Tribunal homologa el desistimiento por lo que en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 198° y 149°. Es justicia en Barinas a los nueve (09) días del mes de junio del año dos mil ocho.
Se deja constancia de que la parte demandada presento documentos que le acreditan como propietario de la Agropecuaria Vieja Elena demandada en autos, documentos de los cuales se agregan en este acto copias simples debidamente certificadas por la secretaria.
El Juez Titular
Abg. José E. Morales S.
Los Comparecientes,
La Demandante
ROSALIA AGUILAR
Apoderado del Demandante
Abg. JAVIER BOSCAN
Representante de la Demandada
MANUEL CIPRIANO HEREDIA
Apoderado de la Parte Demandada
Abg. ARTURO CAMEJO LOPEZ
La Secretaria Titular,
Abg. THAIS CAMEJO
|