TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 05 de Junio de 2008
198º y 149º
Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito en fecha 20-05-2008, por los ciudadanos FRANCISCO RAMÓN GÓNZALEZ y STEFANNY BRIGITTE PEÑA RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.544.625 y V-20.407.481, en beneficio de su hija CLAUDIA SARALY GONZÁLEZ PEÑA. Suscrito por ante la Fiscalía Séptima de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Barinas. Donde disponen el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: “Todas las vacaciones escolares, navidad, año nuevo, semana santa, carnavales serán compartidas y alternas, el día del padre con el padre y el día de la madre con la madre”. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento. Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática. Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 05 días del mes de Junio de dos mil ocho. (L.S) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (T) (fdo) Abg. Carmen Virginia Travieso. El Anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 05 días del mes de Junio de dos mil ocho.-
La Secretaria (T)
Abg, Carmen Virginia Travieso
Exp. Nº S-9409-08
ninfa.-
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