REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
JUEZ UNIPERSONAL Nº 02 - SALA DE JUICIO
Barinas, 03 de Junio de 2008.-
196º y l47º
Vista la diligencia de esta misma fecha en la cual la ciudadana MONCADA DIANA ESTEFANY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.825.329 solicita por ser mayor de edad, se ordene entregarle la cantidad de dinero que le corresponde de la totalidad del saldo actualizado que se encuentra depositado en la cuenta de ahorros del Banco Banfoandes signada con el Nº 0007-0092-1001535 la cual está a nombre de este Tribunal y de la Adolescentes (se omite). Asimismo manifestó que una vez recibida la cantidad de dinero que le corresponde no tendrá nada más que reclamar ante este Tribunal, no queda nadie por cobrar y EN VIRTUD DE HABER SIDO DESIGNADA JUEZ TEMPORAL, POR LA COMISIÓN JUDICIAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA SEGÚN OFICIO N-CJ-08-0566 DE FECHA 02/04/2008, DE ESTA SALA DE JUICIO PARA CUBRIR LA VACANTE DE LA JUEZ TITULAR, ME ABOCO AL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en consecuencia hechas las verificaciones sobre su mayoría de edad, se ordena: Oficiar al Gerente del Banco Banfoandes los fines de notificarle que la ciudadana MONCADA DIANA ESTEFANY, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 19.825.329, es persona autorizada para retirar la cantidad de DOSCIENTOS ONCE BOLIVARES FUERTES CON 14CTMS. (Bs.F 211,14) de la cuenta de ahorros del Banco Banfoandes signada con el Nº 0007-0092-1001535, la cual está a nombre de este Tribunal y de la Adolescente MONCADA DIANA ESTEFANY y cancelar dicha cuenta, asimismo se ordena el cese del Procedimiento y el archivo del expediente. Librese Oficio. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la juez Unipersonal Nº 2 Abg. Mirta Briceño. (T) La Secretaria Leandra Armario. En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria Abg. Leandra Armario. Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abg. Leandra Armario, en mi carácter de Secretaria de la Sala de juicio del Tribunal de protección del Niño y/o Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio_______ del Expediente S-422-00, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria.,
Abg. Leandra Armario.
Exp. Nº S-422-00
MBB/José
|