REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO-JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 05 de Junio de 2.008.-
196º y 148º
Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR que antecede y recaudos acompañados provenientes de la Fundación del Niño, Coordinación de Defensoría del Niño y del Adolescente “Cuidando Futuro” del Estado Barinas, en el cual los ciudadanos: YESSIKA MARIUSXY SEQUERA GARCIA Y HECTOR JOSE LEAL PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-15.072.094 y V-14.662.092, respectivamente, CONVIENEN: De mutuo acuerdo, establecer en beneficio de los niños NESTOR JOSE; HECTOR JOSE Y YERALDINI ISABEL, de siete (07), seis (06) y tres (03) años de edad respectivamente y el padre no guardador un RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR “ EL PADRE PODRA VISITAR A SUS HIJOS LOS FINES DE SEMANA, ASI COMO VACACIONES ALTERNAS, SIEMPRE Y CUANDO NO PERTURBE LOS HORAS DE DESCANSO Y ESTUDIOS.” Por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o a disposición expresa de la Ley de conformidad con el articulo 341 del código de procedimiento civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE. En Consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior de los niños NESTOR JOSE; HECTOR JOSE Y YERALDINI ISABEL, de siete (07), seis (06) y tres (03) años de edad respectivamente. SE ORDENA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, para lo cual expídanse las copias certificadas de Ley de la presente Sentencia Interlocutoria. Diarícese y Cúmplase.
La Juez Unipersonal (T) Nº 02
Abg. Mirta Briceño. La Secretaria,
Abog. Leandra Armario.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste:
La Secretaria,
Abog. Leandra Armario.
Exp Nº S-9397-08
MB/rc.-
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