REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 10 de Junio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2008-001827
ASUNTO : EP01-R-2008-000053

PONENCIA DEL DR. TRINO MENDOZA ISTURI



Imputado: José Alberto Fernández Dun

Defensor Privado:
Abg. Omar Gatriff.

Victima: Senen Suárez Pérez.

Representación Fiscal: Abg. Edgardo Ramón Sánchez.

Motivo de Conocimiento:
Apelación de Auto.


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Edgardo Ramón Sánchez, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Publico, contra el auto dictado en fecha 21 de Abril de 2008, por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo de la Abogada Dora Riera Cristancho, mediante el cual acordó una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor del Imputado José Alberto Fernández Dun. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su Admisibilidad o no del recurso; observa:

PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Fiscalia del Ministerio Publico. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio 37 del presente recurso de apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según el ordinales 5° y 7° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Edgardo Ramón Sánchez, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.

D I S P O S I T I V A


Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abogado Edgardo Ramón Sánchez, en su condición de Fiscal Segundo del Ministerio Publico, contra el auto dictado en fecha 21 de Abril de 2008, por el Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo de la Abogada Dora Riera Cristancho, mediante el cual acordó una Medida Cautelar Sustitutiva de Privación de Libertad a favor del Imputado José Alberto Fernández Dun.; y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelaciones Presidente. Ponente

Dr. Trino R. Mendoza I.

El Juez de Apelaciones, La Jueza de Apelaciones,

Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
La Secretaria

Carolina Paredes.

Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.

La Scria,
Asunto: EP01-R-2008-000053
TRM/APP/MVT/CP/gegl.-