REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, TRABAJO Y DEL NIÑO Y PROTECCIÓN DEL ADOLESCENTE
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EL JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y
DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
Barinas, 18 de Marzo del Año 2008
197º y 149º
Por cuanto siendo las 3:30 p.m., del día de hoy, Martes Dieciocho de Marzo del Año Dos Mil Ocho (18-03-2008), han concluido las horas de Despacho para la presentación de los INFORMES y se observa que solo la parte Actora ciudadano: JOSE MOISES LOPEZ DÍAZ, hizo uso de tal derecho, se deja constancia que a partir del día de Despacho siguiente al de hoy, comenzará a computarse el lapso previsto en el artículo 519 del Código de Procedimiento Civil, para que las partes si así lo deciden presenten OBSERVACIONES ESCRITAS sobre los informes presentados.
La Jueza Suplente Especial,
Rosa Elena Quintero Altuve
La Secretaria,
Abg. Adriana Norviato Gil
Expediente Nº 2008-2849-C.B.
REQA/ANG/ana maría