REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 18 de Marzo de 2008
197º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-015183
ASUNTO : EP01-P-2007-015183


Vista el escrito presentado por la Abg. Sonia Moreno en su condición de Defensora Pública de la imputada Johann Idanesa Moreno Segura, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 16.189.158, a quien se le sigue la presente causa por el delito de Extorsión, éste Tribunal de Control N° 05 a los fines de decidir sobre la ampliación de las presentaciones observa:
Consta que en fecha 19 de Diciembre del 2007 el otorgamiento de la medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad, consistente en presentaciones periódicas cada ocho (08) días por ante la oficina de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del estado Barinas, verificándose por el Sistema Juris 2000 el cumplimiento de la misma, siendo procedente así la ampliación de las presentaciones solicitada por la Defensora Pública.
En consecuencia por las razones anteriormente señaladas, éste Tribunal de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la ampliación de las presentaciones la imputada Johann Idanesa Moreno Segura cada quince (15) días por ante la oficina de Alguilazgo de éste Circuito Judicial Penal. SEGUNDO: Se acuerda librar boleta de notificación a las partes. TERCERO: Se acuerda librar oficio a la oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal a los fines de informarle sobre la ampliación de las presentaciones. Así se decide.-

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL N° 05
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON

LA SECRETARIA
ABG. ADRIANA CRESPO CASTILLO