TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 05 de Marzo de 2008
197° y 149°
Vista la diligencia presentada en fecha 27-02-2008, por la abogada en ejercicio Carmen Hidalgo, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 8.017, actuando en representación de la ciudadana WUENDY NUJA ZIB BARUKI, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-16.384.482, mediante la cual expone: “Desisto del presente procedimiento y pido al Tribunal se me devuelvan los documentos que fueron consignados con el libelo de la demanda que corren agregados a los folios 5 al 52. Pido se archive el expediente previa certificación en autos…”
Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda impartir su homologación al desistimiento presentado, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Esta Sala acuerda la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los cinco (05) días del mes de Marzo de Dos Mil Ocho. (L.S.) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (T) (fdo) Abog. Carmen Virginia Travieso. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, LO CERTIFICO en Barinas, a los cinco (05) días del mes de Marzo de Dos Mil Ocho.
La Secretaria (T)
Abg. Carmen Virginia Travieso
Exp. Nº C-9573-08
RDV/deyci.-
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