TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 05 de Marzo de 2008
197º y 148º

Visto el Convenimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, suscrito en fecha 25-02-2008, por los ciudadanos MIGDALIA DEL PILAR PEÑA y SILVANO ANTONIO PEÑA QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.987.898 y 9.265.898, en beneficio de sus hijos Diannery Coromoto y Annerys del Carmen Peña Peña. Por ante la Defensora Publica Segunda en materia de Protección del Niño y del adolescente del Estado Barinas. En el cual manifiestan que el segundo de los nombrados ha convenido de mutuo acuerdo, establecer en beneficio de sus hijos, la cantidad de DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs.200,00) mensuales, los cuales depositará en la cuenta bancaria de ahorros a nombre de la madre, signada con el N° 0007-0013-47-0010153748. En los meses de Septiembre y Diciembre, el padre aportará la cantidad adicional de Quinientos Bolívares (Bs. 500,00) los cuales depositará en la cuenta indicada. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 05 de Marzo de dos mil ocho.(L.S) La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (T) (fdo) Abg. Carmen Virginia Travieso. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original LO CERTIFICO, en Barinas a los 05 días del mes de Marzo de dos mil ocho.-

La Secretaria (T)
Abg. Carmen Travieso

Exp. Nº S-9003-08
ninfa.-