REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, veintidós de mayo de dos mil ocho
198º y 149º
ACTA
N° DE EXPEDIENTE: EP11-L-2007-000388
PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO AVENDAÑO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 16.191.551

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: MARY CORREA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.846.043 e inscrita en el inpreabogado bajo el número 28.013

PARTE DEMANDADA: CRISTIAN RODRIGUEZ SERRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.202.685

APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: GENFER GONZALO CORTES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.946.510 e inscrita en el inpreabogado bajo el número 33.266

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 22 de mayo de 2008, siendo las 10:00 a.m., comparece el ciudadano JOSE AVENDAÑO debidamente asistido por la Abogado MARY CORREA parte demandante en la presente causa, y por la otra el ciudadano CRISTIAN RODRIGUEZ SERRANO debidamente asistido por el abogado GENFER GONZALO CORTES quienes solicitan la celebración de un audiencia especial dado que se ha llegado a un acuerdo en la presente causa donde se han declarado las admisión de los hechos, este Tribunal concede la misma dándose así inicio a la audiencia, habiendo aceptado ambos la existencia de la relación laboral, que la misma se inició en fecha 06/01/1992 y que finalizó en fecha 30/11/2006, el demandado propone al trabajador demandante, en su propio nombre el pago de la cantidad de TREINTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs.F. 38.446,88), por los siguientes conceptos: antigüedad, vacaciones correspondientes al período laborado, bono vacacional fraccionado, vacaciones fraccionadas, igualmente las utilidades correspondientes a la fracción trabajada monto total de lo demandado. El demandante acepta dicho pago.

Cabe destacar que la sumatoria de los montos reclamados en el libelo de la demanda es por la cantidad de (Bs. 38.446.882,00 Hoy Bs.F. 38.446,88). siendo que la parte demandante expresa que recibe en su totalidad el monto aqui expresado.

El demandado acepta expresamente que los conceptos establecidos en el libelo de la demanda son los correctos motivo por el cual paga todo en su totalidad.

EL DEMANDANTE, declara que cumplido como es lo aquí acordado nada queda a deberle. CHRISTIAN RODRIGUEZ, demandado en autos, lo cual quiere decir que nada se le adeuda por los conceptos aquí transados y algunos reconocidos les fue pagado y que los cuales comprenden pago de Prestaciones Sociales, antigüedad, vacaciones, bono vacacional, utilidades fraccionadas, salarios insolutos, intereses sobre prestaciones, trabajo extraordinario y nocturno, si lo hubiese, pagos de domingos y feriados, si correspondiese, indemnizaciones por despido injustificado (indemnización por antigüedad y preaviso), indexación, fideicomiso, cesta ticket y cualquier otro beneficio de carácter laboral o contractual, ni por ningún otro concepto derivado de la relación laboral que unió a CRISTIAN RODRIGUEZ SERRANO con el ciudadano JOSE GREGORIO AVENDAÑO MORENO y por ningún otro respecto por lo que le otorgan un total y definitivo finiquito.

Este Tribunal vista la transacción celebrada entre las partes y por cuanto la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, es por lo que en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, en consecuencia se da por terminado el presente procedimiento, dándole efecto de Cosa Juzgada y cumplido como ha sido lo o aquí establecido se ordena el archivo del presente expediente.

El Juez Titular


Abg. José E. Morales S.
Los Comparecientes,
El Demandante



JOSE AVENDAÑO

Abogado Asistente del Demandante



Abg. MARY CORREA


El Demandado



CHRISTIAN RODRIGUEZ


Abogado asistente del Demandado




Abg. GENFER GONZALO CORTES

La Secretaria Titular y
Coordinadora de Secretarias



Abg. THAIS CAMEJO