REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia
Maracaibo, veintiocho de mayo de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : VP01-L-2008-001137

Por recibido el día de hoy, el escrito de fecha veintiséis (26) de Mayo de 2008, suscrito por la abogada en ejercicio SABRINA RINCÓN HERNANDEZ, en su carácter de representante legal de la parte demandada Sociedad Mercantil INDUSTRIAS DE AREPAS UNIÓN C.A., por un lado y por el otro, el ciudadano JUAN CARLOS GARCIA, titular de la cédula de identidad No. 11.292.867, asistido por la abogada en ejercicio ALFREDO SANCHEZ PIRELA, mediante el cual dejan constancia de la realización del pago para dar cumplimiento a Transacción celebrada entre las partes, mediante cheque de Gerencia No.03515909, girado contra el Banco Occidental de Descuento, el cual –fue entregado al trabajador, solicitan el archivo del expediente; este Tribunal lo recibe, le da entrada y ordena agregar a las actas, asimismo visto el cumplimiento del acuerdo celebrado entre las partes se da por Terminado el presente asunto, se Homologa la Transacción celebrada, dándole el carácter de cosa juzgada y se ordena su archivo definitivo.

El Juez


Abog. Hugo Cordero

La Secretaria,


Abog. Brisjaida Gómez P.