Nro. 08-05-01.

En horas de despacho del día de hoy, dos (02) de mayo del año dos mil ocho (2008), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el segundo (2do.) acto conciliatorio en el presente juicio de divorcio ordinario, el Alguacil procedió a hacer el anuncio de dicho acto a las puertas del Tribunal, no compareciendo la parte demandante ni por si ni por medio de apoderados judiciales; razón por la cual se declara extinguido el proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil. No estuvo presente en este acto el Fiscal Séptimo del Ministerio Público de este Estado. Se deja constancia que estuvo presente la demandada Nelvis Coromoto Ramos Solís, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 6.590.965, asistida por la abogada en ejercicio Pilar Coromoto Briceño Ramírez, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 62.591. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez Titular,


Abg. Reina Chejín Pujol La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.


El Alguacil,
La demandada,


La abogada asistente de la demandada,




Exp. Nº 07-8364-CF
mf