TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 27 de Mayo de 2008
198 y 149
Visto el convenimiento de Responsabilidad de Crianza, suscrito en fecha 19-05 -2008, por ante la defensa Pública del Estado Barinas, en beneficio de la niña DAILENA MICHELLE ROJAS VELÁSQUEZ, de seis (06) años de edad, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA IMPARTIR SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, en los términos y condiciones establecidos por los progenitores, ciudadanos ROSA MARISLEY VELAZQUEZ MENDEZ y JEAN CARLOS ROJAS CASTRO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidada Nros. 16.634.453 y 14.814.812 respectivamente, en consecuencia se considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los Veintisiete días del mes de Mayo de Dos Mil Ocho. (L.S.) La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reyna Molina de Varela. La Secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez Urriola. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO, en Barinas, a los veintisiete días del mes de mayo dos mil ocho.-
La Secretaria,
Abg. Sandra Martínez Urriola
Exp. N° S-9378-08
delfi.-