REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL N° 2

Barinas, 12 de Mayo de 2008.-
196° y 147°

Vista el convenimiento que antecede de fecha 06/05/2.008, cursante al folio 24, en la cual los ciudadanos: MARIA LUISA SEGUERIS CAMACHO y ISAAC VICENTE VARGAS RAMOS, titulares de las cédulas de identidad Nros V-16.636.141 y V-14.933.936, padres del niño (se omite), de CINCO (05) años de edad,; quienes expusieron lo siguiente: “EL PADRE APORTARA LA CANTIDAD DE DOSCEINTOS CINCUENTA BOLIVARES FUERTES (Bs.f 250,00) CANTIDADES QUE SERAN DEPOSITADAS EN LA CUENTA DE AHORRO DEL BANCO DE VENEZUERLA SIGNADA CON EL N° 01020435650100017782 A NOMBRE DE LA MADRE; EN EL MES DE SEPTIEMBRE CUBRIRA EL CIEN (100%) POR CIENTO DE LOS GASTOS DE UTILES Y UNIFORMES ESCOLARES Y EN EL MES DE DICIEMBRE CUBRIRA LOS GASTOS DE VESTUARIO, CALZADO Y JUGUETES, ASI MISMO CUBRIRA EL CIENTO (100%) POR CIENTO DE LOS GASTOS MEDICOS, MEDICNAS Y RECREACION”. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior del niño (se omite), de CINCO (05) años de edad. Expídanse las copias certificadas de Ley del presente Convenimiento. ASÍ MISMO SE ORDENA EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. , en razón de lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un (01) año continuo al presente auto, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. La Secretaria, Abog. Leandra Armario, sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abog. Leandra Armario, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio _______ del Expediente C-9630-08 certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

La Secretaria,
Abog. Leandra Armario.

Exp. N° C-9630-08
MB/rc.-