TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 20 de Mayo de 2008.
196 ° y 147 º

Visto el Desistimiento de fecha 13/05/2008 inserto al folio 116, suscrita por la ciudadana BETTY DEL CARMEN VALDERRAMA DE FRIAS, asistido por el abogado JOSE E. ESCALONA, con el carácter acreditado que tiene de autos, en la presente demanda de DIVORCIO ORDINARIO, por cuanto de la revisión detallada de las actas procesales no consta a autos citado del demandado y en virtud de no haberse producido contestación de la demanda, SE HOMOLOGA CUANTO HA LUGAR EN DERECHO DICHO DESISTIMIENTO, POR LO QUE SE DECLARA DESISTIDA LA PRESENTE CAUSA de conformidad con el artículo 263 y 264 del C.P.C. Ordenándose en consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, para lo cual devuélvanse los originales cursantes a autos consignados por las partes previa su certificación por secretaría corriendo dicho importe a cargo de la parte interesada, luego de lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha del presente auto, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Levántense las Medidas preventivas acordadas, para lo cual ofíciese lo conducente. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02(T) Abg. Mirta Briceño. La Secretaria Leandra Armario En esta misma fecha se libró las copias certificadas de ley. Conste: La Secretaria Abg. Leandra Armario. Sigue firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abg. Leandra Armario, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio____ del Expediente C-9483-07, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

La Secretaria.
Abog. Leandra Armario


Exp. Nº C-9427-07
MB/jg.-