TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 05 de Mayo de 2008.
196 º y 147 º

Visto pedimento inserto en diligencia de fecha 07/02/2008 inserto al folio 288, suscrita por la ciudadana CESAR PASTOR ACOSTA, C.I N° V-2.756.138, asistida por la abogado YADIRA BARBOZA DE LUGO, con el carácter acreditado que tiene de autos, en la cual solicita se levante la Medida de descuento por nómina de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, en consecuencia por estar debidamente resuelta la presente causa según sentencia de fecha 05/11/1998, y por encontrarse la misma en Archivo Judicial, habiendo alcanzado la mayoría de edad la beneficiaria de la obligación Alimentaria, en consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE, para lo cual devuélvanse los originales cursantes a autos consignados por las partes previa su certificación por secretaría corriendo dicho importe a cargo de la parte interesada, luego de lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial. Oficiese al ente empleador del obligado a los fines de dejar sin efecto el descuento de Obligación de manutención ordenado por este Tribunal. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 (t) Abg. Mirta Briceño. Y la Secretaria Abg. Leandra Armario. En la misma fecha siendo las 01:00 p.m. se publicó y registró la presente sentencia, Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Abg Leandra Armario.
Quien suscribe Abg. Leandra Armario, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente C-426-00, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.

La Secretaria.
Abg. Leandra Armario.

Exp. Nº C-426-00
MB/jg-