REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS
PEDRAZA Y ANTONIO JOSE DE SUCRE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
COM. 080-08
En el día de hoy nueve (9) de mayo de dos mil ocho (2008), siendo las 09:00 am, oportunidad fijada para comenzar el Inventario Judicial solemne de los bienes dejados por el causante Ciudadano: JOSÉ EDUARDO RAMIREZ MENDEZ se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Pedraza y Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en el sitio denominado sector Batatuy vía las Trincheras en su margen derecha en sentido Norte-Sus, específicamente en el fundo La Esperanza, Jurisdicción de la Parroquia Ticoporo del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas, sitio indicado por el apoderado Judicial Abg. Malquídes Antonio Ocaña, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 52.395, en su carácter de apoderado judicial de la Ciudadana: YOLEIDA SULAY BOLAÑO DE VELANDRIA, antes identificada. Seguidamente el Tribunal procedió a designar Perito Avaluador al Ciudadano: Alfonso Cernadas Enmanuel Antonio, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-17.203.207, civilmente hábil, quien estando presente acepto el cargo para el cual ha sido designado y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo, e igualmente se designo como testigos a los ciudadanos: Alfonso Duran Enmanuel Antonio y Manchego Pérez Jesús Eduardo, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-3.985.823 y 17.219.760, respectivamente. Acto seguido el Tribunal deja constancia de que se hizo acompañar por un funcionario de la Fiscalia de Llano del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas Ciudadano: Flores Uzcategui José Gregorio, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.554.859. Se acuerda hacer las anotaciones en letras y cifras en dos columnas, una Activo y otra de Pasivo. Seguidamente se procede a inventariar los siguientes Bienes:
1°) Dieciocho (18) Vacas Paridas, valoradas por el perito avaluador en la cantidad de dos mil trescientos bolívares fuertes (2.300 F) cada una , para un total de cuarenta y un mil cuatrocientos bolívares fuertes………………
2°) Cuatro(4) novillas, valoradas por el perito avaluador en la cantidad de dos mil bolívares fuertes (Bs.F 2000), para un total de ocho mil bolívares fuertes……………………………..
3°) Cinco (5) Becerros valoradas por el perito avaluador en la cantidad de quinientos bolívares (Bs.500), para un total de dos mil quinientos bolívares…………………………
4°) Cinco (5) novillas, valoradas por el perito avaluador en la cantidad de setecientos bolívares (Bs.700), para un total de tres mil quinientos bolívares…………………………
5°) Un (1) Toro valorado por el perito avaluador en la cantidad de tres mil bolívares…………………………………….
6°) Veintiuna (21) mautas, valoradas en la cantidad de ochocientos cincuenta bolívares (850) , para un total de diecisiete mil ochocientos cincuenta bolívares…………….
7°) Una (1) becerra valorada por el perito avaluador en la cantidad de cuatrocientos bolívares…………………………………….
8°) Una camioneta Ford, placa 691-MAJ, serial de carrocería AJF1GD63848, serial del motor 6 cilindro; marca Ford, modelo F-150 Lariat, año 1986; color blanco y marrón, clase camioneta: Tipo, Pick-up, uso carga, valorada por el perito avaluador en la cantidad de veintiún mil bolivares…………..
VAN…...
VIENEN
9°) Unas mejoras y bienhechurías, construidas sobre un terreno propiedad del Instituto Nacional de tierras antes Instituto Agrario Nacional, en una extensión de veintinueve hectáreas con ochocientos metros cuadrados (29.800 M2 has), contenidas dentro de los siguientes linderos: Norte; vía asfaltada Batatuy y las trincheras; Sur: Río Batatuy; Este: Hermanos García y Oeste: Roberto Mora, linderos de acuerdo al plano topográfico presentado, valorado por el perito avaluador en la cantidad de Doscientos sesenta y un mil setecientos veinte bolivares..
Todos estos bienes suman un gran total de Trescientos Cincuenta y Nueve mil trescientos setenta bolivares………………...
ACTIVOS
41.400
8.000
2.500
3.500
3.000
17.850
400
115.000.000,oo
21.000
97.650
ACTIVOS
97.650
261.720
359.370 PASIVOS
PASIVOS
Por cuanto no existen más bienes que inventariar y por cuanto ningún interviniente ha solicitado continuar dicho inventario Judicial este Tribunal declara cerrado el mismo y no habiendo otra diligencia que practicar en la presente comisión da por terminada la misma y acuerda el regreso a su sede natural siendo las 3:00 pm. Terminó, se leyó y conformes firman. El Juez (Fdo) Ilegible Hay Sello húmedo del Tribunal. La Notificada (Fdo) Ilegible. Apoderado Judicial (Fdo) Ilegible. Practico (Fdo) Ilegible. Fiscal de Llano (Fdo) Ilegible. Testigos (Fdos9 Ilegibles. La Secretaria (Fdo). Ilegible.
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