La presente causa se inicio en fecha 02/03/2006, al recibir este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente, oficio Nº 06F800638/07, suscrito por los Abg. CARMEN MARIA LEON DE RODRIGUEZ, y ABG. JOSE FRANCISCO TRASPUESTO, Fiscal Octava y Fiscal Octavo (a) del Ministerio Publico del Estado Barinas, mediante el cual remitió anexas, Actas Procesales relacionadas con el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY. Denuncia de fecha 02-03-06; de las actuaciones se desprende que: “En fecha 01 de Marzo de 2006, en horas de la tarde aproximadamente, al momento que la ciudadana SANTOS GOMEZ ELSY DEL CARMEN, se encontraba en su residencia ubicada en el Sector La Tablantera, calle 07, casa N° 25 de la Población de Barinitas, Municipio Bolívar del Estado Barinas, al momento de indicarle a su hijo IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, que fuera a buscar leña, por cuanto se habían quedado sin gas para cocinar, razones por las cuales el adolescente señalado procede a agredir verbalmente y físicamente a la victima en varias partes del cuerpo” …
Una vez recibidas dichas actuaciones, este Tribunal procedió a darle entrada y asignarle la nomenclatura correspondiente, siendo la misma 2C-1386/2007.
Cursa inserta a los folios Siete (07), Ocho (8) y Nueve (09) Sobreseimiento Provisional, solicitado por la Fiscalia Octava del Ministerio Publico, sin que hasta la presente fecha, hayan surgido nuevos elementos ni se ha reaperturado el procedimiento, en consecuencia atendiendo las facultades establecidas en el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda decretar el Sobreseimiento Definitivo de la presente causa.
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