REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE

Barinas, 21 de octubre del 2008
Años 198º y 149º


Nro. 08-10-62


Vista la diligencia suscrita en fecha 14 de julio del 2008 por la abogada en ejercicio Emilia Verónica Vásquez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.427, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadana Neraida Cecilia Pascalides García, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.113.508, y por el ciudadano Frank Gerardo Saavedra González, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.434.297, en su carácter de representante de la sociedad mercantil demandada Habitare Arquitectura Interior C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en fecha 04 de noviembre del 2004, bajo el N° 58, Tomo 1-A de los libros respectivos, asistido por la abogada en ejercicio Jenny Nathaly Alvarez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.838, mediante la cual celebraron transacción en los términos allí expuestos, en el presente juicio de desalojo, así como la suscrita por la apoderada judicial de la actora en fecha 15/10/2008, a través de la cual manifiesta que la parte demandada canceló a su representada la diferencia que le adeudaba, y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, y estando la apoderada judicial de la parte actora facultada para transigir, a tenor de lo dispuesto en el artículo 154 ejusdem, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación a la transacción celebrada por las partes en esta causa, y le da valor de cosa juzgada.
La Juez Titular,

Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.
Exp. N° 08-8463-CE
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