REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y
MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
EN SU NOMBRE
Barinas, 07 de octubre del 2008.
Años 198º y 149º
N° 08-10-20.
Vista la diligencia suscrita en fecha 03 de los corrientes, por el abogado en ejercicio Juan L. Herrera H., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 25.651, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante la cual desiste del procedimiento y de la acción y como consecuencia del recurso de apelación ejercido en fecha 11 de agosto del año en curso, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 08/08/2008 por el Juzgado Primero del Municipio Barinas de esta Circunscripción Judicial, en el presente juicio de cumplimiento de prórroga legal intentado por la ciudadana Ebtsame Hatem, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.206.073, contra la ciudadana Kenya Elizabeth Márquez de Villafañe, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.920.023; y estando el apoderado judicial de la parte actora facultado para desistir a tenor de lo dispuesto en el artículo 154 ejusdem, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del recurso de apelación formulado, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena remitir el presente expediente al Juzgado a-quo. Líbrese oficio. Désele salida en los libros respectivos.
La Juez Titular,
Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria,
Abg. Karleneth Rodríguez Castilla. En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior. Conste,
La Secretaria,
Abg. Karleneth Rodríguez Castilla
Exp. N° 08-8845-COT.
rc.
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