REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO






REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

Barinas, 28 de octubre de 2.008

ACTA DE INSPECCIÓN

En el día de hoy Martes, Veintiocho de octubre de Dos Mil Ocho, siendo las Ocho y media de la mañana (8:30 a.m.), se trasladó el Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, conformada por el ciudadano Juez JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA y la Secretaria Titular JENNIE WALKIRIA SALVADOR PRATO, a la Unidad de Producción denominado AGROPECUARIA LOS CHINOS, C.A, (FUNDO LA CHAUCHA) donde se constituyó a las once y quince minutos de la mañana (11:15 a.m.) de mismo día de hoy, ubicado en el Sector El Boral, Parroquia San Silvestre del Municipio Barinas, del Estado Barinas, con una extensión aproximadamente de Quinientas Hectáreas (500 has) de las cuales Treinta y cinco hectáreas (35 has) fueron donadas para la construcción de una Escuela, denominada: Escuela Técnica San Silvestre, cuyos lindero son los siguientes NORTE: Rió Paguey; SUR: Vía de penetración al Chavero; ESTE; Terrenos Municipales; y OESTE: Terrenos de la sucesión Marinelly. Ocupado este predio por la Empresa “AGROPECUARIA LOS CHINOS” inscrita originalmente por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N 7, tomo 30-A Protocolizado en fecha 29 de abril del año 1987, de los libros de Registro de Comercio llevado por dicho despacho, en compañía de la solicitante la ciudadana NELLY ZULAY LUCERO VIUDA DE PLANCHART, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V- 3.571.091 y el abogado ADELIS ALBERTO PAREDES ANGARITA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-13.683.376, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 117.745, apoderado judicial de la aquí solicitante, los efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana, Sargento Mayor de Segunda GOMEZ CORDERO RICHARD y Sargento de Segunda SERRANO PINTO TAIMARA DEL CARMEN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de identidad Nros V-12.208.657 y V-16.518.110, respectivamente. Seguidamente el Tribunal procedió a designar un Práctico para que lo asesore sobre los hechos y circunstancias de que se trata la presente Inspección, recayendo tal designación en el ciudadano JOSE EVARISTO RUBIO ARO, quien es venezolano, mayor de edad, Topógrafo, titular de la Cédula de Identidad Número: 15.536. 875, inscrito en el Colegio de Topógrafos de Venezuela bajo el Número 1195, quien estando presente y notificado del nombramiento aceptó el cargo y JURO cumplirlo bien y fielmente, a quien a su vez, el Tribunal autoriza para que efectúe por medios mecánicos, las tomas fotográficas que le sean señaladas con motivo de la práctica de la presente Inspección y sean insertas en el cuerpo de ésta acta. Se hace constar que las fotografías, serán tomadas con una cámara digital, marca Samsung, modelo S73. Igualmente se deja constancia que el practico hará uso del GPS cuyas características son las siguientes Un equipo marca GARMIN ETREX VISTA. El Tribunal, conjuntamente con el representante de la solicitante, el Práctico Juramentado y los funcionarios y efectivos antes identificados procede a realizar un recorrido por todo el predio donde está constituido, observando sus instalaciones, edificaciones, potreros, rebaños de ganados, maquinarias y equipos. Dejando así constancia de los siguientes hechos y circunstancias: PRIMERO: El Tribunal con la asesoría del Práctico deja constancia que el sitio donde se encuentra constituido, son las instalaciones de la Unidad de Producción Agropecuaria denominado AGROPECUARIA LOS CHINOS, C.A, (FUNDO LA CHAUCHA), ubicado en el Sector El Boral, Parroquia San Silvestre del Municipio Barinas, del Estado Barinas, con una extensión de Cuatrocientas setenta y ocho Hectáreas con tres mil doce metros cuadrados (478.has con 3012,00 m2), cuyos lindero son los siguientes NORTE: Rió Paguey; Justo Sanchez, Casimiro Hernández, Señor Salguez Ramon López, Lorenzo Camacho, Arturo Marquez y Mariela Molina, SUR: Escuela Técnica San Silvestre, Vía de penetración Chavero, Cascabel y San Silvestre; ESTE; Terrenos Municipales ocupados por las siguientes personas Auxiliadora Labrador, Rafael Uzcategui, Antonio Segarra, Leonidas Castillo y Finca La Gaviota; y OESTE: Terrenos Arrendados a los hermanos Marinelly...SEGUNDO: El tribunal deja constancia con la asesoria del practico que la Unidad de Producción Agropecuaria denominado AGROPECUARIA LOS CHINOS, C.A, (FUNDO LA CHAUCHA) presenta una adecuada infraestructura para el desarrollo de sus actividades como es el caso de Una (01) casa que sirve de asiento principal del fundo constituido por un Caney, con paredes de bloques, piso de cemento y techo de palma y frescalum; Dos (02) habitaciones, Dos (02) baños; Un
(01) galpón para insumo, de ciento cuarenta y dos metros (142 mts) aproximadamente, techo de frescalum, consta de dos (02) habitaciones con paredes de bloque sin frisar el cual esta destinado para deposito de insumos agropecuarios; una (01) piscina de concreto de la cual disponen los trabajadores en horas de descanso; Una (01) casa para obreros, construida por paredes de bloques, piso de cemento, estructura de hierro y concreto, techo de frescalum, cuatro (04) puertas de metal, dos (02) habitaciones; un (01) baño, sala-comedor, cocina, igualmente el tribunal deja constancia de la existencia de un (01) tanque para agua de concreto elevado sobre 9 columnas de concreto, con capacidad de 19.500 litros con una perforación o pozo de agua de 8 pulgadas con 50 metros de profundidad, el cual se utiliza para el riego de pequeñas siembras y consumo animal; de Un (01) tanque aéreo de agua para el consumo humano, con una capacidad de mil quinientos litros (1.500 lts) con un (01) motor eléctrico de tres HP; de otras perforaciones o pozos en los potreros; de corral de hierro y madera y alambre con tres sesiones, coso tipo embudo, manga techada con romana y capacidad de 1.000 Kgs, con un embarcadero; de un (01) corral y vaquera techado destinado al ordeño, cercas perimetrales de siete pelos de alambré de púas con estantillos de madera, cerca internas de cuatro pelos de alambre de púas con estantillos de madera, Dos (02) tanquillas de concreto para bebedero con capacidad de 5.000 litros de agua cada uno; observa rastros de una (01) pista de aterrizaje de ochocientos cincuenta metros (850 mts); Una laguna; Una red eléctrica de seis postel; del recorrido pudo contabilizar la división interna del área de aprovechamiento ganadero en Catorce potreros; Comederos para ganado de madera, asimismo se observa una serie de maquinarias y equipos para la realización de actividades agropecuarias, tales como: Una (01) camioneta, marca
Chevrolet; Un (01) tractor, Case 970; Un (01) tractor; Landini 8830; Un (01) tractor Leylan, Dos (02) Rastras de 28,24 disco; Una (01) segadora, Un (01) Rolo, Dos (02) motobombas de 2,5 y tres H.P; Una (01) Zorra, Un (01) Asperjadora de cuatrocientos litros (400 lts) marca Jacto; Una (01) bomba de hierro tipo jarra con 41 tubos, Un (01) Tanque de Gasoil de aproximadamente veinte mil litros (20.000 lts), para los cuales según indican los solicitantes la agropecuaria adquiere para sus mantenimientos los repuestos y equipos reemplazantes, así como minerales vacunas, medicinas, abonos y otros en el Estado Barinas. TERCERO: El tribunal deja constancia con la asesoria del practico que la Unidad de Producción Agropecuaria denominado AGROPECUARIA LOS CHINOS, C.A, (FUNDO LA CHAUCHA) existe una Producción Agrícola, basada en la siembra de ciento noventa y cuatro hectáreas (194 has) de maíz aproximadamente
especificada en los siguientes lotes de siembra; Lote N° 01: 37 has aproximas de cosechado con coordenada UTM N: 916902; E: 371460. Lote N° 02: 26 has aproximadas con coordenada UTM N: 917056; E: 371572, 10 has
aproximadamente y 16 has por cosechar. Lote N° 03: 25 has aproximado con coordenada UTM N: 917748; E: 371334, 15 has cosechadas y 10 has por cosechar. Lote N° 04: 40 has aproximado con coordenada UTM N: 918318; E: 371131 por cosechar. Lote N° 05: 18 has aproximadas con coordenada UTM N: 918923; E: 371253 por cosechar. Lote N° 06: 38 has aproximadamente con coordenada UTM N: 918855; E: 370523 por cosechar. Lote N° 07: 10 has aproximadas con coordenada UTM N: 917777 E: 370896 por cosechar. Lote N° 08: 3.500 m2 aproximado con coordenada UTM N: 917282; E: 370930, financiada
por la Empresa Agroisleña en el ciclo de invierno con un rendimiento aproximado de Cuatro Mil Quinientas Kilos por hectárea ( 4.500 Kg./has) y durante el ciclo de verano por cuanto se restringe por la poca pluviométrica o caída de agua se ha de utilizar el predio para el cultivó de girasol en vez del ciclo de siembra de sorgo motivado por su bajo rendimiento, por cuanto en experiencias anteriores solo se obtuvo una producción de Dos Mil Kilos por hectáreas (2.000 Kg./has), en tal virtud se programo la siembra de Girasol con la Empresa Agroisleña. Igualmente el
tribunal deja constancia de la existencia de una siembra de yuca de aproximadamente una hectárea, hectárea y media de ocumo, y 500 matas de plátano y topocho destinada a la parte comercial y consumo de la finca, con coordenadas UTM N: 917501 E: 370973, asimismo observa árboles de la especie de cítricos tales como naranja, limones, mandarina, guayaba, matas de coco. Igualmente se observa árboles de las especies maderables, tales como caoba, cedro, teca, samanes. Seguidamente es informado este tribunal por el Ingeniero DIOGENES GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero 5.128.741 e inscrito en el Colegio de Ingeniero 43.845, quien es el encargado de la siembra, que debido a la cantidad de área de siembra se hace necesario el alquiler de maquinarias particulares para cubrir las necesidades de siembra y requerimiento en las labores de cultivo, tanto en el ciclo de invierno como de verano, pudiendo observar por este tribunal la existencia de la siguientes maquinarias; Un (01) Tractor Case Internacional 2294 de 160 HP con una rastra de 32 disco marca Rome; Un (01) tractor Internacional 844s de 80 HP; Una (01) Asperjadora de seiscientos litros (600 lts) marca Jacto; Una (01) Abonadora de
ocho (08) hileras marca Avca; Una (01) Abonadora Jumil de ocho (08) hileras; Una (01) Zorra de dos ruedas; Una (01) sembradora cero labranza marca Baldan de ocho (08) hileras; Una (01) Cosechadora Internacional modelo 1460; igualmente es informado este tribunal por el ingeniero DIOGENES GONZALEZ que el método de siembra utilizado es cero labranza para la conservación del suelo, no alterando la micro fauna ni los micro ni macro poros del suelo como se hace con los métodos convencionales con la excesiva labranza originado el piso de arado y la perturbación de la actividad natural de la capa vegetal. CUARTO: El Tribunal deja constancia con la asesoría del Práctico que en la Unidad de Producción Agropecuaria denominado AGROPECUARIA LOS CHINOS, C.A, (FUNDO LA CHAUCHA) existe igualmente una Producción Animal, basada en el rubro de cría y recría de ganado bovino, existiendo en los potreros de la sede principal un
rebaño conformado por 55 vacas, 15 becerros, 15 becerras, 25 novillas, 10 mautas, 2 toros padres reproductores, para un total de 122 bovinos, marcados
todos con el hierro correspondiente a la Agropecuaria cuya figura es la siguientes: Igualmente existe otro grupo de rebaño de ganado bovino conformado por 40 vacas, 5 becerros y 10 becerras, 15 novillas, 1 toro reproductores para un total de 71 animales y adicional un rebaño conformado por 30 toretes de ceba marcados con el hierro quemador de las siguientes características,. Asimismo, observa un grupo de equino conformado por 3 potros pequeños, 3 potros grandes, 2 caballos de silla, 4 yeguas preñadas que suman un total de 12 animales., igualmente se observa un grupo de porcino, y aves de coral. QUINTO: El Tribunal deja constancia que en el predio existe un plan sanitario que se aplica al rebaño de ganado donde se contempla el control de enfermedades tales como la fiebre aftosa, rabia, carbón sintomático encefalitis equina entre otra, tales como se evidencia en certificado Nacional de Vacunación las cuales se describen a continuación: vacuna contra la fiebre aftosa dos veces al año a todo el rebaño con una dosis de 2 CC por cada 50 kilos por animal, vacuna contra la rabia bovina, dos veces al año a todo el rebaño con una dosis de 2 CC por animal, vacuna contra la triple bovina, a todo el rebaño dos veces al año, con una dosis de 2,5 CC por animal, vacuna contra leptopirosis, ibr, se aplica al rebaño de novillas dos veces al año y a las vacas en reproducción una vez al año, con una dosis de 5cc por animal, vacuna contra la brucelosis bovina, rb51, se aplica al rebaño de becerras y mautas dos dosis por animal, al rebaño equino se le aplica vacuna contra encefalitis equina, dos 2cc por animal una vez al año y también la vacuna contra la rabia paralítica, observándose el rebaño en buenas condiciones sanitarias. Igualmente deja constancia el Tribunal que se observó la existencia de los siguientes pastos cultivables: Brachiaria humidicula y anglito, en una parte del predio, pasto estrella, pasto naturales como lambedora. Dejando constancia el Tribunal con la asesoría del Práctico que las sabanas que conforman el predio Agropecuaria LOS CHINOS de acuerdo a su composición florística se define como sabanas de trichofogon, sabanas de bancos bajíos y esteros y sabanas con alto porcentaje de boscosidad. SEXTO: El Tribunal deja constancia que para el momento de la práctica de la presente Inspección, existen en el predio un personal fijo cuya identidad es la siguiente: Isabel Morales, Gualberto Miguel Seiza, Oswaldo Gómez, Jorge Luís Morales, titulares de las cédulas de identidad Nos; 50.983.530, 78.320.556, 1.608.624, 7.380.978. Por lo que posee entre empleados y obreros una nomina fija anual de seis (06) personas empleándose eventualmente la cantidad de cuatro personas para las labores de limpieza y reparación de cercas, siembra de pastos, en época de la cosecha de maíz se emplean aproximadamente 15 a 20 trabajadores para el coqueo de maíz evidenciándose así la labor social que aporta la Finca a una porción de la comunidad, los cuales tienen un horario de trabajo de lunes a viernes de 7 a.m., a 12 m y de 1 p.m. a 4 p.m., y los sábados de 7 a.m., a 11 a.m. con descanso de cuatro días libres al mes. También deja constancia el Tribunal de la existencia del libro de registro de días feriados, de horas extras y vacaciones, y como personal contratado los siguientes; Alejandro Partida, Freddy González, José Lazada, Jorge Morales, Ing. Diógenes González, quien es el encargado de la Producción Agrícola Vegetal titulares de las cédulas de identidad Nos 24.114.006, 9.256.694, 11.188.739, 23.166.507, 5.128.741 respectivamente. Cumpliendo así con las normativas en materia contable laboral y tributaria, asimismo cuenta con un sistema de contabilidad que registra ordenada y cronológicamente todas las transacciones y operaciones que realizan. Igualmente se pudo observar la existencia de un extintor incendios de 10 libras y un cajón de la cruz roja. SEPTIMO: El Tribunal deja constancia con la asesoría del Práctico, que en el predio no existen personas distintas a los trabajadores del mismo, identificados en el particular anterior, ni existen bienhechurías, ranchos, conucos u otras distintas a las descritas anteriormente, es decir, no existe invasión. OCTAVO: El representante de la solicitante, abogado ADELIS ALBERTO PAREDES ANGARITA, a nombre de su representada pidió el derecho de palabra y concedídole como le fue, expuso: “Presento al tribunal en original y copia, para ser cotejadas estas ultimas y agregadas a los recaudos de esta inspección los siguientes documentos: 1) Registro de Información Fiscal correspondiente a la Agropecuaria LOS CHINOS y de la Susecion de José Antonio Planchart Vera, 2) Nónima General de los trabajadores que laboran en la Agropecuaria LOS CHINOS dichos trabajadores fueron consultados por el Tribunal y manifestaron ser de la comunidad así como de recibos de pagos. 3) Certificado de vacunación emitido por el Servicio Autónomo de Sanidad Agropecuaria del Estado Barinas (SASA) contentivo de nueve folios 4) Guías de movilización y venta de ganado, correspondiente a los periodos 2007 y lo correspondiente al 2008. 5) Facturas de los insumos utilizados en la siembra de maíz. 5) Bauches constante del arrime de la leche de la producción diaria de la Agropecuaria Los Chinos. 6) Guías de movilización y recepción del maíz. El Tribunal oída la anterior exposición la acuerda de conformidad y en consecuencia ordena a la Secretaria, que los documentos consignados y ya identificados sean agregados a la presente inspección para que formen parte de la misma. En este mismo acto, la Secretaria agrega los documentos consignados a la Inspección; asimismo deja constancia que en el sitio señalado con las coordenadas anteriormente mencionadas ni en ningún otro sitio del predio existen personas distintas a sus trabajadores y empleados. En este estado el abogado ADELIS ALBERTO PAREDES ANGARITA, solicita le sean expedida cuatro (04) juegos de copias de la presente acta. El tribunal acuerda lo solicitado y ordena a la secretaria expedir los cuatro (04) juegos de copias certificadas del acta. No le fue señalado al Tribunal, ningún otro hecho o circunstancia sobre el cual dejar constancia y no habiendo ninguna otra diligencia que practicar, el Tribunal ordena el regreso a su sede natural siendo las ocho de la noche 8. 00 p.m., del mismo día de hoy, dando por terminado el presente acto. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.

EL JUEZ.

LA SOLICITANTE.


EL APODERADO


LOS PRÁCTICOS.



FUNCIONARIOS GN.


LA SECRETARIA