TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Barinas, 14 de Octubre de 2008
198 y 149
Visto el convenimiento de Responsabilidad de Crianza (Custodia), suscrito en fecha 19-09-2008, ante la Defensa Pública con competencia en materia de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Abg. María Amparo Gómez; en beneficio del niño y/o adolescente XXXXXXXXXXX, esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA IMPARTIR SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO, en los términos y condiciones establecidos por los progenitores, ciudadanos por los ciudadanos ELIEZER ARCANGEL CASTAÑEDA GALLARDO y RIO LAMA COROMOTO VIVAS RIVAS, venezolano el primero y colombiana la segunda, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-10.562.384 y V.-9.986.241, en consecuencia lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento y se ordena el archivo del expediente. Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas. Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 14 días del mes de Octubre de dos mil ocho. (L.S) La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abg. Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 14 días del mes de Octubre de dos mil ocho. La Secretaria
Abg. Sandra Martínez
Exp. N° S-9940-08
ninfa.-
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