La presente causa se inició en fecha 05 de junio del año 2007, por la presunta comisión de uno de los delitos: CONTRA LA SALUBRIDAD, según acta policial de fecha 04 de junio de 2007, suscrita por el funcionario: Distinguido (P.E.B.) JAVIER GUERRERO (Placa N° 1120), adscrito a la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas, en donde deja constancia que… en esa misma fecha, en horas de la tarde, cuando se encontraba de servicio en el puesto policial de la población de Quebrada Seca del Estado Barinas, se presentó un ciudadano quien se identificó como: JORGE ESCALONA, titular de la cédula de identidad N° V-7.184.560, Agente de la Tercera División de Inteligencia del Ejército del Estado Barinas; informando que en el liceo “Dominga Ortiz de Páez” de esa población se encontraban tres (03) personas de sexo masculino en actitud sospechosa, motivo por el cual se trasladó hasta la sede de dicha institución en compañía del Distinguido (P.E.B.) DENNY VÁSQUEZ y el ciudadano anteriormente mencionado; donde una vez presentes dicho ciudadano se introdujo en el interior del liceo y regresó con dos (02) personas de sexo masculino, siendo una de ellas un (01) adolescente que quedaría posteriormente identificado como: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; a quienes se les informó que se les realizaría un registro de persona, amparados en el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, acto seguido procedieron a efectuar dicho registro, incautándole al referido adolescente, en el interior de su cartera, un (01) recorte de papel de cuaderno, un (01) trozo de papel en forma rectangular de color marrón contentivo en su interior de una sustancia de naturaleza herbácea, consistente en restos de semillas y vegetales de color pardo verdoso, los cuales expedían un olor fuerte penetrante de la presunta sustancia ilícita denominada marihuana, razón por la cual se les informó que a partir de ese momento quedarían en calidad de detenidos a la orden de la Fiscalía del Ministerio Público del Estado Barinas.-
Una vez recibidas las actuaciones por parte de la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado Barinas (oficio Nº 06-F8-0704-07 de fecha 05 de junio de 2007, suscrito por la ABG. CARMEN MARÍA LEÓN DE RODRÍGUEZ, Fiscal Octava Especializada del Ministerio Público del Estado Barinas; oficio Nº 06-F8-0703-07 de fecha 05 de junio de 2007, suscrito por la ABG. CARMEN MARÍA LEÓN DE RODRÍGUEZ, Fiscal Octava Especializada del Ministerio Público del Estado Barinas; oficio Nº LEGAJO CMN/DIP/PIP/N° 003-07, suscrito por el funcionario: Inspector (P.E.B.) BARTOLO JOSÉ HERNÁNDEZ, Comandante de la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas; oficio N° CMN-DIP-N° 003-07 de fecha 04 de junio de 2007, suscrito por el funcionario: Inspector (P.E.B.) BARTOLO JOSÉ HERNÁNDEZ, Comandante de la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas; Acta Policial N° 720 de fecha 04 de junio de 2007, suscrita por el funcionario: Distinguido (P.E.B.) JAVIER GUERRERO (Placa N° 1120), adscrito a la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas; Acta de los Derechos del Adolescente, del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; Acta de Entrevista de fecha 04 de junio de 2007, rendida por ante la División de Investigaciones Penales (D.I.P.) de la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas, por el ciudadano: JORGE TEODORO ESCALONA GUEVARA, titular de la cédula de identidad N° V-7.184.560; Acta de Retención de Presunta Sustancia Ilícita de fecha 04 de junio de 2007, suscrita por el funcionario: Distinguido (P.E.B.) JAVIER GUERRERO (Placa N° 1120), adscrito a la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas; oficio N° CMN/DIP/PIP/N° 493 de fecha 04 de junio de 2007, suscrito por el funcionario: Inspector (P.E.B.) BARTOLO JOSÉ HERNÁNDEZ, Comandante de la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas y Acta de Pesaje de Presunta Sustancia Ilícita de fecha 04 de junio de 2007, suscrita por el funcionario: Distinguido (P.E.B.) JAVIER GUERRERO (Placa N° 1120), adscrito a la Comisaría “Rómulo Betancourt” (actualmente Comisaría Norte) de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Barinas); este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, procedió a darle entrada en los libros correspondientes y se le asignó la nomenclatura 2C-1392/2007.-
En fecha 01 de octubre de 2007, este Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, decretó el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, de conformidad con el artículo 561 literal “e” de la ley especial que regula la materia y desde esa fecha no se han incorporado nuevos elementos ni se ha reaperturado el procedimiento, razón por la cual y, en atención a las facultades conferidas por lo establecido en el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, se acuerda decretar el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO.-
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