Visto el oficio Nº 06-F8-01475-08, presentado por la ABG. CARMEN MARIA LEON DE RODRIGUEZ, en su carácter de Fiscal Octava del Ministerio Público del Estado Barinas; quien con fundamento en el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, solicita a éste Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, la DESESTIMACIÓN DE LA DENUNCIA formulada por el ciudadano: JUAN CARLOS SULBARAN DE LOS RIOS, venezolan0, de 25 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.791.129. A tales efectos, éste Juzgado Segundo de Control, a los fines de decidir, considera que no revisten Carácter Penal las siguientes Actuaciones Procesales, consignadas por el Ministerio Público; que ameriten el enjuiciamiento de oficio.
Consta en Acta de Denuncia, de fecha 15 de Octubre de 2008, formulada por el ciudadano: JUAN CARLOS SULBARAN DE LOS RIOS, venezolano, de 25 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.791.129, residenciado en la Urbanización Los Próceres, calle Orinoco, casa Nº 16, de esta ciudad de Barinas; donde expuso: “Resulta que el día Lunes 13 de Octubre del presente año, a eso de las 12:20 horas del mediodía yo me dirigía a mi casa, ubicada en la Urbanización Los Próceres, cuando me consigo y me llama el adolescente IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY y me amenazo diciendo tu estas muerto, esto debido a que el día lunes 13 de Octubre del 2008 a eso de las 8:30 horas de la noche, yo le reclame a uno de los muchachos que son vecinos por cuanto se instalan a jugar fútbol y golpearon los portones .”…
Como se evidencia, de las Actuaciones que conforman la presente Causa, considera éste Tribunal Segundo de Control de la Sección de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; que los hechos se subsumen dentro del supuesto, previsto en los artículos 301 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo tanto se DECLARA CON LUGAR LA DESESTIMACIÓN DE DENUNCIA, solicitada por la Fiscalía Octava del Ministerio Público del Estado Barinas.
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