REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 30 de Abril de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-011865
ASUNTO : EP01-P-2007-011865
SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO POR FALLECIMIENTO DEL ACUSADO
JUEZ DE JUICIO N° 3: Abg. Mary Tibisay Ramos Duns
SECRETARIA: Abg. Yudit Leal
FISCAL 4° DEL MINISTERIO PUBLICO: Abg. Arlo Arturo Urquiola
ACUSADO: Edwin Fran Barbosa Peña.
DEFENSOR PRIVADO: Abg. Jhonny Flores
VÍCTIMA: Adriana Carolina Suárez
DELITO: Violencia Sexual
Visto que en fecha 19-10-08 el Director del Internado Judicial Penal del Estado Barinas, consigno Acta de defunción del coacusado EDWIN FRAN BARBOZA PEÑA, quien dice ser Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 19.517.964, nacido en fecha 07-02-1981, de 26 años de edad, natural de Maracay Estado Aragua, dice ser hijo de Francisco Barboza (v) y Jovina Peña (f), y con residencia en la Urbanización José Antonio Páez, Sector 2, Etapa 3, vereda 9, casa Nº 07, Barinas Estado Barinas; por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Adriana Carolina Suárez Vergara, Este Tribunal, observa para decidir :
PRIMERO:
En fecha 19 de Octubre de 2008 se recibió escrito presentado por el Director del Internado Judicial del Estado Barinas, relacionado con el acta de Defunción del acusado EDWIN FRAN BARBOSA PEÑA, a los fines de que se decrete el sobreseimiento de la presente causa.
SEGUNDO
A los fines de decidir de Oficio por el Tribunal, en virtud de que el Ministerio Público no se pronunció hasta la fecha, y encontrándose la presente causa en tramite, se acuerda el Sobreseimiento de la Presente Causa, por existir Causa de Extinción de la Acción Penal, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 1° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es la muerte del acusado EDWIN FRAN BARBOSA PEÑA, según consta en Acta de Defunción expedida por el Director del Internado Judicial del Estado Barinas, S/N de fecha 19/10/2008, donde se deja constancia de su fallecimiento en fecha 19/10/2008, a las 4:10am, en las instalaciones del referido internado, por motivo de ChocK Hipovolemico, hemorragia interna, perforación del cráneo por proyectil de arma de fuego. Es por lo que así se decide. Se ordena Notificar al Fiscal Cuarto del Ministerio Público y a la Defensa.
DISPOSITIVA
Este Tribunal de Juicio N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela , por autoridad de la Ley, administrando Justicia, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa, por Extinción de la Acción Penal, por muerte del acusado, de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 1° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Pena y artículo 103 del Código penal vigente, por fallecimiento del acusado EDWIN FRAN BARBOSA PEÑA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 19.517.964, nacido en fecha 07-02-1981, de 26 años de edad, natural de Maracay Estado Aragua, dice ser hijo de Francisco Barboza (v) y Jovina Peña (f), y con residencia en la Urbanización José Antonio Páez, Sector 2, Etapa 3, vereda 9, casa Nº 07, Barinas Estado Barinas; por la presunta comisión del delito de Violencia Sexual previsto y sancionado en el articulo 43 de la Ley Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de Adriana Carolina Suárez Vergara. Notifíquese a las partes. En Barinas a los días treinta (30) del mes de Abril de 2009.
La Jueza de Juicio N° 3
La Secretaria
Abg. Mary Tibisay Ramos Duns Abg. Yudith del Carmen Leal
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