TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO- JUEZ UNIPERSONAL Nº 02
Barinas, 15 de Abril de 2009
198º y 150º

Vistos los términos del Convenimiento de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, proveniente de la Defensoría del Niño, Niña y del Adolescente “ Cuidando Futuro” alcanzado por los ciudadanos VILMARY MAYBERI CALDERON BRICEÑO Y FERNANDO MANUEL NIEVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad personales Nros V-14.340.096; V-11.715.694 respectivamente, padres del niño (se omite), de 12 años de edad, EL PADRE APORTARA LA CANTIDAD DE DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES (BsF. 250,00) MENSUALES, Y ESTOS PAGOS SE REALIZARÁN A TRAVÉS DE CUENTA BANCARIA, ASÍ MISMO AMBOS PADRES ASUMEN EL 50% DE LOS GASTOS EXTRAORDINARIOS Y COMO BONIFICACIÓN ESPECIAL EN LOS MESES DE SEPTIEMBRE Y DICIEMBRE LA CANTIDAD DE UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00). SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL PRESENTE CONVENIMIENTO, por redundar en beneficio del interés superior del niño (se omite), de 12 años de edad. En consecuencia SE ACUERDA EL CESE Y ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES. Expídanse las copias certificadas de Ley del Convenimiento y devuélvanse los originales consignados a autos previa su certificación de autos por secretaria, luego de lo cual remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial en un lapso prudencial de un año (01) calendario a partir de la fecha de dicha sentencia, de lo cual tómese nota por el archivo de este Tribunal. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 02 Abg. Yolanda Guerrero G y la Secretaria Mirta Briceño. En la misma fecha se libraron copias certificadas de Ley. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Mirta Briceño. Quien suscribe Abg. Mirta Briceño, en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de sus originales, cursantes a los folios _______del Expediente S-10584-09, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.

La Secretaria.
Abg. Mirta Briceño.

Exp. Nº S-10584-09
YGG/nlra.-