REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
En el día de hoy Catorce (14) de Abril de 2.009, siendo las 3:00 p.m. se constituyó el Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a cargo del Abg. JOSE FERNANDO MACABEO, la Secretaria de Sala, Abg. OLGA MORELIA FLORES y el Alguacil de Sala NAILETH CAMARGO, para la realización de la Audiencia Especial de Declinatoria de Competencia, solicitada por el Defensor Público de la adolescente supra identificada, a cargo del Abg. Miguel Ángel Guerrero, efectuada en fecha 01 de Abril del año 2009, cursante al folio Ciento Noventa y Dos (192), en la presente causa signada con el número: E-925/09, seguida a la adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY; igualmente se realiza la presente audiencia en atención al pronunciamiento efectuado por el tribunal en fecha 06-04-2009, cursante al folio 203; Seguidamente, se procede a verificar la presencia de las partes, en virtud de lo cual se deja constancia que se encuentran presentes en la sala de audiencias: El Fiscal del Ministerio Publico Abg. Carmen Maria Leon, la adolescente sancionada IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, y el Defensor Público de Adolescentes, Abg. Miguel Ángel Guerrero Seguidamente, el ciudadano Juez explica a las partes la trascendencia del acto, y le concede el derecho de palabra al Defensor Público de Adolescentes, Abg. Miguel Ángel Guerrero, quien expuso: Ratifico la solicitud de Declinatoria de Competencia presentada al Tribunal en fecha de Primero de Abril del año 2009, pido al Tribunal que acuerde dicha Declinatoria de Competencia al Estado Mérida Estado Mérida, a los fines de que un Tribunal de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal de Adolescentes de ese Estado Mérida, continué con la ejecución, control y vigilancia de la sanción impuesta a la adolescente; IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A AL LEY. Es Todo”. En este estado, se le concede el derecho de palabra a la adolescente sancionada, IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, explicándole el contenido del artículo 49 Constitucional, numeral 5°, quien manifestó: “por cuanto tengo mi familia en el Estado Mérida, y el traslado les genera gastos, es por lo que solicito la declinatoria. Es Todo”. Seguidamente se le concede el derecho de palabra al Fiscal del Ministerio Publico Abg. Carmen María León, quien expuso: No tengo ninguna objeción por la solicitud hecha por la defensa. Es Todo