REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.
Por cuanto se observa que desde la fecha 10 de Diciembre de 2008, folio 82 al 84, se realizo el computo de ley; en fecha; 12-12-2008, se acordó fijar audiencia para la Imposición de Computo en la presente causa, la cual es seguida al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, sin que comparezca ante el Tribunal y sin informar los motivos que justifiquen su ausencia.
Este Tribunal se pronuncia sobre este particular de la siguiente manera; En fecha 12 de Diciembre de 2008, cursa al folio 90, se acordó fijar el acto de audiencia de Imposición de Computo, a celebrarse el día Jueves 08 de Enero de 2008 a las 9:30 a.m. Llegada esa oportunidad, el referido adolescente, no compareció al acto, ni justifico tal ausencia, en fecha 09-01-2009, folio 112, se observa una boleta de notificación firmada por la ciudadana Quintero María, en la posterior se lee que El adolescente reside en el Barrio San Antonio al lado de la Bodega del Sr. Lucio, Teléfono 0426-9261402, en fecha 22-01-2009, folio 120, el alguacil de esta sección de responsabilidad, ciudadano; José Aníbal Rondon, dio cuenta al Tribunal por medio de nota asentada en la respectiva boleta de citación, en la cual informó al Tribunal que “no logre ubicar la calle de nombre Venezuela a los vecinos del sector pregunte informando desconocer dicha calle”, fijándose una nueva oportunidad para el día 19 de Febrero de 2009, a las 9:30 a.m., llegada esa oportunidad no compareció el adolescente, consta al folio 124, que el alguacil Nelson H. manifiesta que el adolescente se fue del Barrio, ya que eso le manifestaron los vecinos de la calle, fijándose una nueva oportunidad para el día 04 de Marzo de 2009, a las 10 a.m., cursa al folio 126, a la citada oportunidad, no compareció el adolescente sancionado; al folio 135, el alguacil Humberto Cisnero, indica; “ En la Calle Venezuela de dicha dirección que aparece plasmada en dicha boleta, no hay Bodega denominada con el nombre Los Almendros, y vecinos manifestaron no conocer al adolescente, IDENTIDAD OMITIDA CONFORME A LA LEY, fijándose una nueva oportunidad para el día 18 de Marzo de 2009; a las 9: a.m, llegada esa oportunidad, el adolescente sancionado, no compareció al acto, para lo cual el alguacil Nelson Hernández; indica que la familia y el adolescente se fueron del sitio, lo manifestaron los vecinos del sector y los de la Bodega Los Almendros, fijándose una nueva oportunidad para el día 31 de Marzo de 2009, a las 9:30 a.m., cursa al folio 150, llegada esa oportunidad el adolescente sancionado no compareció al acto, indicando el alguacil Nelson Hernández. que por cuanto en la dirección que aparece en la boleta, no hay nadie, le dejo la boleta con un vecino, fijándose una nueva oportunidad para el día 20 de Abril de 2009, cursa al folio 162, boleta de notificación en la cual el alguacil Julio Santiago, indica al Juez que la dirección esta incompleta y se llama al numero indicado y esta fuera de servicio. Igualmente se observa de autos la existencia de los oficios Nº 030 y 058, de fechas; 19-02-09 y 13-04-09, los cuales cursan a los folios 125 y 168, en su orden, suscritos por la licenciada Leída Patricia Terán, trabajadora social del Sistema Penal de Responsabilidad de Adolescentes, en los que da cuenta al Tribunal que el referido adolescente no ha cumplido a lo solicitado por el Tribunal