REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, catorce de agosto de dos mil nueve
199º y 150º
ASUNTO: EP11-L-2008-000355
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
PARTE DEMANDANTE: LUIS RAMON OLIVERA MONTILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 4.927.533
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: BLANCA CECILIA DUARTE, FRANCISCO PUMAR y GUSTAVO LINARES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número 16.379.191, 13.883.834 y 15.329.162 respectivamente e inscritos en el inpreabogado bajo los números 54.506, 83.730 y 135.683 en su orden
PARTE DEMANDADA: BGP INTERNATIONAL OF VENEZUELA, S.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: YENKELLI PICO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.509.222 e inscrita en el inpreabogado bajo el número 100.423
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADAEN FORMA SOLIDARIA: LENMAR GONZALO ALVAREZ CHARMEL, ROSALIA PINTO GUTIERREZ, LENMAR ALVAREZ DANIEL TARAZON AVILA y ROSA INES VALOR y ARACELIS SANCHEZ DE ACOSTA venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad número 7.088.250, 8.840.518, 7.088.250, 8.730.860, 10.615,976 y 3.305.187 respectivamente e inscritos en el inpreabogado bajo el número 94.896, 61.639, 94.896, 109.260, 83.842 y 16.260 en su orden.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, 14 de agosto de 2009, siendo las 02:30 p.m., día y hora fijada para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente expediente, comparecen, por una parte la otra la apoderado de la parte demandada Abogado YENKELLI PICO así como la apoderado de la demandada solidariamente (PDVSA) Abogado ARACELIS SANCHEZ DE ACOSTA. Este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora a la prolongación de la audiencia preliminar en este caso de los ciudadanos abogado GUSTAVO LINARES y BLANCA DUARTE quienes son apoderados del ciudadano LUIS RAMON OLIVERA MONTILLA quien tampoco estuvo presente por lo que se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.

El Juez Titular


Abg. JOSÉ E. MORALES S.


Los Comparecientes,

Apoderado de la Parte Demandada



Abg. YENKELLY MILIMAR PICO


Apoderado de la Parte Demandada Solidaria



Abg. ARACELIS SANCHEZ DE ACOSTA
La Secretaria Titular,


Abg. NUBIA DOMACASE