REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO


REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

INSPECCIÓN JUDICIAL
EXP. Nº 5167

En el día de hoy Martes, Once (11) de Agosto del Dos mil Nueve (2009), siendo las ocho y treinta minutos de la mañana (08:30 AM.), se trasladó y se constituyó siendo las 11:20 A.m., el Tribunal de Primera Instancia del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, el ciudadano Juez JOSE GREGORIO ANDRADE PERNIA y la Secretaria Accidental CARMEN AMERICA MONTILLA, en la denominada Agropecuaria LA BATALLA C.A., ubicada en el Sector el Trueno de la Parroquia Dolores del Municipio Rojas del Estado Barinas, en compañía del ciudadano JOSE ALBERTO MARTINEZ BEGUETT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.478.506, en su carácter de Administrador Especial del excedente del producto lácteo arrimado a la Agropecuaria La Batalla C.A., designado, asistido por el Abogado MIGUEL AZAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.592.314, de este domicilio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el Nº 12.076, el ciudadano: JOSE G. HIDALGO M, Sargento Mayor de Primera, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.788.332, adscrito al Batallón 933 Especial de Asunto Civil del Ejercito Nacional Bolivariano, del funcionario adscrito al Ministerio de Agricultura y Tierras del Estado Barinas, ciudadano: Ingeniero en producción Animal LUIS RAMON MIQUILENA ALEJOS, venezolano, mayor de dad, titular de la cedula de identidad Nº 6.458.993 del ciudadano JOSE OMAR PEREZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.205.136, representante del Consejo Comunal Las Riveras de Chorrosco, del funcionario HENRY HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.435.119, adscrito a la Gestión Socialista Agraria CVA Lácteos, de la funcionaria GLORYS CORONADO A, Abogada, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.938.719, adscrita a la Secretaría General de Gobierno del Estado Barinas, del ciudadano: MOLINA DURAN FELIX RAMON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.267.463, Productor Agropecuario, del ciudadano: MENDEZ EVELIO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.838.836, representante del Banco Comunal Flor de Roble, del Funcionario Contador Publico Adscrito a Foncreb PAREDES HUGO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.190.517, del Funcionario ciudadano BERRIOS WILLIANS, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 18.224.900, adscrito al Ministerio del Ambiente, del funcionario NIXON CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.692.394, adscrito a CVA Lácteos, del funcionario
CRISTINIANO PAREDES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.926.941, adscrito al Ministerio del Ambiente, del funcionario GELVEZ BLANCO OSMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.184.779, adscrito a Desarrollo Económico de la Gobernación, del funcionario LAZO GARCIAS ALFREDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.311.778, gerente de Proyectos de CVA Lácteos, del funcionario PINTO JORGE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.325.389, gerente de mantenimiento CVA Lácteos, del funcionario RAMOS JOSE FRANCISCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.500.948, Administrador de la Secretaría General de Gobierno, del funcionario JESUS ERNESTO TORRES GAMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.172.957, Administrador II de la Secretaria General Económico adscrito a la Gobernación del Estado Barinas, del funcionario RAMON ANTONIO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.052.061, Secretario Ejecutivo de Desarrollo Económico, de la funcionaria NANCY HANSEN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.487.078, Coordinadora de Higiene de Alimentos de la Contraloría Sanitaria del Estado Barinas, de la funcionaria MARIA ESTHER JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.261.371, Coordinadora de Higiene de Alimentos de la Contraloría Sanitaria del Estado Barinas. Estando presente en el sitio donde se encuentra constituido el Tribunal el ciudadano: MICHELE LEOCATA FLORIDA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.487.229, propietario de la Agropecuaria La Batalla C.A., a quien se notificó de la misión del Tribunal. El Tribunal procedió a designar un Práctico para que lo asesore sobre los hechos y circunstancias de que se trata la presente Inspección, recayendo tal designación en el ciudadano ITALO DANGER MONTILLA APONTE, quien es venezolano, mayor de edad, Ingeniero Agrónomo, titular de la Cédula de Identidad Número: 3.917.129, inscrito en el Colegio de Ingenieros de Venezuela bajo el Número 44.668, acreditado como Experto Avaluador, por ante la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE), bajo el número 667, ante la Superintendencia de Bancos (SUDEBAN) bajo el Número P-0738, ante la Superintendencia de Seguros bajo el Número I-875 y domiciliado en la ciudad de Barinas, Estado Barinas, quien estando presente y notificado del nombramiento aceptó el cargo y juro cumplirlo bien y fielmente; asimismo se autoriza a tomar las coordenadas con un GPS, manual, tipo Navegador, marca GARMIN, Modelo etrex vista Cx. Igualmente se autoriza la filmación del desarrollo de la presente Inspección para ser consignada en disco compacto, en formato DVD a través del equipo de video y grabación Marca: Sony Digital Handycam, Modelo: DCR-TRV820, 450X, la cuales serán insertadas en el texto de la presente inspección, como una forma de dar cumplimiento al proceso de inmediación en segundo grado que reconoce nuestro sistema Judicial; acto para el cual tanto para su narración como su filmación se autoriza a la ciudadana CAMACHO SANCHEZ THAIMI HIROSHIMA DEL VALLE, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 11.189.423, quien estando presente y notificada del nombramiento aceptó el cargo y juro cumplirlo bien y fielmente, y a quien el Tribunal autoriza para que efectúe por medios mecánicos, las tomas fotográficas que le sean señaladas con motivo de la práctica de la presente Inspección las cuales se ordenan a través del equipo camarógrafo marca Premier, modelo DM-7365, de 7,0 mega-pixeles. El Tribunal, conjuntamente con el solicitante, el abogado asistente, los funcionarios anteriormente identificados, de los Representantes de los Consejos Comunales anteriormente
identificadas, el funcionario del Ejercito Nacional Bolivariano, y del Práctico y filmadora Juramentados procede a realizar un recorrido por las instalaciones de la Receptoria de leche y Procesamiento Lácteos La Batalla.: El Tribunal deja
constancia con la asesoría del Práctico, que el predio cuenta con las siguientes maquinarias y equipos: Una planta Industrializadora de Leche para Queso, la cual consta de las siguientes áreas: 1.- AREA DE RECEPCION, la cual consta de un (1) tanque de almacenamiento de leche, construido en Acero Inoxidable sanitario de Veinticinco mil litros (25.000), dos (2) tanque de almacenamiento construido en acero inoxidable sanitario con una capacidad de tres mil quinientos litros (3500), dos (2) placas de intercambio en acero inoxidable con capacidad de diez mil litros (10.000) cada una con su respectiva bomba sanitaria, un (1) laboratorio de control de calidad equipado con los siguientes materiales: Dos (2) crioscopios, un (1) acidímetro, una (1) centrífuga para determinación de grasa, dos (2) latocdencímetros y material de vidriería varios; AREA DE PRODUCCION, la cual consta de: una (1) pasteurizador, marca scremac, con capacidad de doce mil litros (12.000), acoplado con una descremadora marca westfalia con la misma capacidad, y un segundo pasteurizador, marca scremac con capacidad de cuatro mil (4.000) litros por hora, cinco (5) tina de cuajado semi automáticas, dos (2) de
seis (6) mil litros de capacidad y las tres (3) restante de cuatro mil (4) litros de capacidad, una (1) denoprensa semi automática de doce mil (12.000) mil litros de capacidad, dos (2) prensas horizontales, un (1) tanque de almacenamiento de
suero de quince mil (15.000) litros de capacidad, un (1) tanque acidificador de mil (1.000) litros de capacidad, una (1) fundidora de ochenta (80) kilos de capacidad, un (1) homogeneizador de quinientos (500) litros por horas de capacidad, una (1) máquina filadora de mozzarela de mil (1000) kilos por horas de capacidad. AREA DE PREPARACION: Consta de dos (2) tanque para cepillado de queso y de una (1) lavadora de moldes. AREA DE REFRIGERACION: Consta de un total de nueve (9) cavas, cinco (5) cavas refrigeradas de almacenamiento, tres (3) cavas refrigerada de maduración y una (1) cava refrigerada de despacho cada una equipada con sus respectivas unidades de refrigeración. AREA DE SALMUERA: Consta de dos (2) salmueras vivas construidas en concreto y equipadas con sus
respectivas bombas sanitarias y tuberías sanitarias y placa de intercambio. AREA DE EMPAQUE: Consta de máquina empacadora y selladora al vacío, máquina termoencogible y balanza. AREA DE DESPACHO: Costa de una cava refrigerada y la cinta transportadora. AREA DE MAQUINAS Y MANTENIMIENTO: Es un área anexa a la Planta en donde se encuentra: dos (2) Plantas eléctricas, una (1) marca Caterpillar de seiscientos KVA, y una marca Cumming de ciento setenta y cinco KVA, dos (2) Compresores de Amoníaco de 30 HP cada uno, una (1) torre de Condensación, tres (3) Calderas marca Continental de 100 HP cada una, tres (3) Tanques de Gasoil, uno de dos mil litros, uno de ocho mil litros y uno aéreo de quince mil litros, un taller de Mantenimiento con sus respectivos equipos, los cuales están en buen estado de funcionamiento. Seguidamente el Tribunal procede a designar las comisiones conformadas por representantes del Gobierno Regional y de los miembros de la Empresa Agropecuaria La Batalla que hasta el día viernes 14-08-09, deberá indicar ante el Tribunal. COMISION DE SANIDAD Y AMBIENTAL: se designa a los ciudadanos: CRISTINIANO PAREDES, titular de la cédula de identidad Nº 4.926.941, BERRIO WILLIANS, titular de la cédula de identidad Nº 18.224.900, NANCY HANSEN, titular de la cédula de identidad Nº 4.487.078, MARIA ESTHER JIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.261.371, y HENRY HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 12.435.119; LUCIANO PEREZ ALCEDO, titular de la cédula de identidad Nº 6.592.971 y WILLIANS ALFONSO CISNEROS, titular de la cédula de identidad Nº 10.143.234 COMISION ADMINISTRATIVA: se designa a los ciudadanos: HUGO PAREDES, titular de la cédula de identidad Nº 11.190.517, FRANCISCO RAMOS, titular de la cédula de identidad Nº 13.500.948, JESUS TORRES, titular de la cedulad de identidad Nº 14.172.957, CARLOS RIVERO, titular de la cédula de identidad Nº 10.555.585 y JULY CAROLINA HIDALGO RODRIGUEZ., titular de la cédula de identidad Nº 9.687.773; COMISION DE EQUIPOS E INFRAESTRUCTURA: Se designa a los ciudadanos: NIXON CHIRINOS, titular de la cédula de identidad Nº 15.692.394, ALFREDO LAZO, titular de la cedula de identidad Nº 11.311.778, JORGE PINTO, titular de la cedula de identidad Nº 14.325.389, OSMAN GELVEZ, titular de la cedula de identidad Nº 8.184.779 y LUIS VELASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 1.384.911, y la COMISION LABORAL se designa al ciudadano: FELIX RAMON MOLINA DURAN, titular de la cedula de identidad Nº 9.267.463, e igualmente, se acuerda oficiar al Ministerio del Trabajo y a INSANSEL, Higiene de Seguridad Industrial a los fines de que designe los funcionarios correspondientes para que determinen la carga laboral que existe y la condición laboral y de higiene que presentan los obreros, a quienes se les acuerda expedir la credencial correspondiente. Se les concede a las comisiones designadas un lapso de diez (10) días continuos contados a partir del primer día siguiente al de hoy, para que consignen los informes correspondientes en forma escrita y digitalizada en un CD. Se acuerda oficiar al Destacamento Nº 14, Puesto La Batea y al Puesto de Asuntos Civiles de Sabaneta, a los fines de que presten la custodia conjunta a las instalaciones de la Agropecuaria La Batalla. Por último, se ordena expedir diez (10) ejemplares de la presente acta. No le fue señalado al Tribunal, ningún otro hecho o circunstancia sobre el cual dejar constancia y no habiendo ninguna otra diligencia que practicar, terminó el presente acto, siendo las tres y media de la tarde (03:30 pm.), del mismo día de hoy. Es todo. Terminó, se leyó y conforme firman.

EL JUEZ
EL SOLICITANTE

EL ABOGADO ASISTENTE

DE LA RIVERA DE CHORROSCO R.L.,

EL FUNCIONARIO DEL EJÉRCITO NACIONAL BOLIVARIANO.

LA EXPERTA EN FILAMACION
EL PRÁCTICO DESIGNADO
LOS FUNCIONARIOS DEL MINISTERIO DEL AMBIENTE

FUNCIONARIO DE CONCREB

FUNCIONARIO DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA Y TIERRAS

FUNCIONARIOS DE CVA LACTEOS

LA FUNCIONARIA ADSCRITA A LA SCRIA GRAL DE GOGIERNO

LOS FUNCIONARIOS DE DESARROLLO ECONOMICO


EL FUNCIONARIO ADMINISTRADOR DE LA SCRIA GRAL DE GOBIERNO


LOS VOCEROS DE CONSEJOS COMUNALES

PRODUCTORES DE LA ZONA


LAS FUNCIONARIAS DE HIGIENE DE ALIMENTOS



LA SECRETARIA ACCIDENTAL