REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas
Barinas, diecinueve (19) de enero de dos mil nueve (2009)
198º y 149º

ASUNTO: EP11-L-2008-000457


ACLARATORIA:


Por Cuanto se observa que este Tribunal en el momento de publicar el texto integro de la sentencia dictada con ocasión de admisión de los hechos la cual riela del folio: Diecinueve (19) al folio veintisiete (27) ambos inclusive se incurrió en error de transcripción de datos, más no error de derecho al identificar a la Empresa demandada como: “INVERSIONES PASTEURIZADORA LARA (INVPASLARA) C.A, estando dentro de la facultad del Juez efectuar la subsanación a que haya lugar procede a aclarar en los siguientes término: Se deja por sentado que lo correcto es que la Empresa demandada es: INVERSIONES PASTEURIZADORA LACTEOS C.A (INVPASLA C.A). Inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, anotada bajo el N° 70, Tomo: 12-A de fecha: 11 de Septiembre del año 2007. Representada legalmente por el Ciudadano: RAUL RAMON QUERO SILVA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 1.931.572 tal como se evidencia de actas procesales tales como el libelo de la demanda el cual riela del folio: uno (1) al cinco (05), auto de admisión folio: (12) y carteles de Notificación folio (13) con lo cual se evidencia que la Empresa estuvo oportunamente notificada, en consecuencia es contra la Empresa: INVERSIONES PASTEURIZADORA LACTEOS C.A (INVPASLA C.A) contra quien operará la condenatoria dictada en la sentencia antes señalada. Queda de esta manera aclarada la Sentencia definitiva dictada por este Tribunal en el presente Proceso.

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dado, firmado y sellado en la sala del Juzgado Tercero de Primera Instancia de sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los diecinueve (19) días del mes de Enero de dos mil Nueve (2009)

La Jueza;

Abg. Carmen G. Martínez La Secretaria;

Abg. Nubia Domacase

En esta misma se dictó y publicó la anterior Sentencia Interlocutoria.Conste;




La Secretaria;


Abg. Nubia Domacase