REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.- Barinas, Ocho de Enero de Dos Mil Nueve.-
198° y 149°
Visto el anterior escrito de pruebas presentado en fecha 17-12-08, por la Abogada OTILIA M. SULBARAN C., inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 21.901, con el carácter de apoderada Judicial de la parte demandante, constante de Dos (02) folios útiles y Ocho (08) anexos los cuatro primeros folios en copia simple y los siguientes en su orden correlativos en originales, agréguense al expediente respectivo; y siendo su oportunidad legal y por cuanto las mismas no son manifiestamente ilegal ni impertinente, se admiten cuanto ha lugar en derecho, reservándose el Tribunal su apreciación para la definitiva. Se admiten las documentales promovidas por la representación judicial de la parte demandante reservándose el Tribunal su apreciación para la definitiva.-
Abg. JOSÉ GREGORIO ANDRADE P.-
JUEZ.-
Abg. JENNIE W. SALVADOR P.-
SECRETARIA.-
En la misma fecha se agregaron al expediente. Conste.-
Scría.-
JGAP/JWSP/br
Exp. N° 4.974.-