TRIBUNAL DE PROTECCiÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCiÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO W 01
Barinas, 19 de Enero de 2009
Visto el Convenimiento de REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito en fecha 29-09-2009, por los ciudadanos, BRICEÑO ROSALBA y ROMERO PULIDO VICTOR JOSE titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.376.319 y V-11.715.037, en beneficio de los niños (cuyos nombres se omiten de conformidad con el artículo 65 LOPNNA) de cinco (05) y cuatro (04) años de edad, suscrito por ante La defensoria del Niño y del Adolescente" Cuidadando Futuro" del Estado Barinas; Quienes convienen de mutuo acuerdo todo lo relacionado al Régimen de Convivencia Familiar: Acuerdan, " Un regimen de convivencia familiar amplio comprendido los fines de semana de forma alterna. Asi como vacaciones siempre y cuando no perturben las horas de descanso y estudio" Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACiÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento. Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática. Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 19 días del mes de Enero de Dos Mil Nueve .. (L.S) Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abog. Reyna de Varela, la secretaria (fdo) Abog. Sandra Martínez. El anterior traslado es eo ia fiel y exacta de su original. LO CERTIFICO en Barinas a los 19 días del mes Enero del año dos mil nueve.
Exp. N° S 10282-09 RDV/cm