TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS SALA DE JUICIO 01
Barinas, 1 9 ENE. 2009
198° Y 149°
Visto el Convenimiento de RÉGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR, suscrito en fecha 14-02-2008, por los ciudadanos JESÚS ALBERTO GARCíA GARCíA y SOBEIDA YASMIN SOSA MORENO, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.207.912 y V.-12.554.760, en beneficio de los niños y/o adolescentes (cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 LOPNNA). Suscrito por ante la Defensoría del Niño y del Adolescente del Estado Barinas. Donde disponen el siguiente Régimen de Convivencia Familiar: "Se acuerda amplio comprendido los fines de semana de forma alterna siempre y cuando no perturben las horas de descanso y estudio, así como vacaciones". Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACiÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento. Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática. Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño del Adolescente y d la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los (L.S)La Juez Unipersonal N° 01 (fdo) Abg. Reyna de Varela. Abg. Sandra .Martínez. El anterior es la copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 19 días del mes de Enero de dos mil nueve.
Exp. N° S-10283-09 ninfa.-