TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS SALA DE JUICIO W 01
BARINAS 22 DE ENERO DE 2009
Visto el Convenimiento de OBLIGACiÓN DE MANUTENCiÓN, suscrito en fecha 19-01-2009, por los ciudadanos LUIS AURELlO MONTllLA ESCORCHA y BElQUIS RAFAELA GONZÁlEZ lEAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.144.835 y V.-9.984.974, en beneficio de sus hijos (cuyos nombres se omiten de conformidad con el artículo 65 LOPNNA). Por ante la Abg. Kalidia Santander, Defensora Publica con Competencia en materia de Protección del Niño y del adolescente del Estado Barinas. Y convinieron en lo que se refiere a la Revisión de Obligación de Manutención de sus hijos, lo siguiente: "PRIMERO: El padre aportará mensualmente la cantidad de QUINIENTOS VEINTE BOLÍVARES FUERTES (Bs.520,00). Un Mil Bolívares (Bs.1.000,00) enel mes de Septiembre y Un Mil Bolívares (Bs.1.000,OO) en el mes de Diciembre. Igualmente solicitan que dichos montos sean descontados directamente de la nómina del padre para lo cual debe oficiarse a Recursos Humanos de la UNElLEZ del Estado Barinas. Líbrese oficio. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA IMPARTIR HOMOLOGACiÓN Al PRESENTE CONVENIMIENTO lo considera asunto pasado en autoridad, de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de
los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 22 días del mes de Enero 2009. (L.S) La Juez Unipersonal Nº 01 o) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Abg. Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 22 días del mes de Enero de 2009.
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Exp. N° S-1 0337 -09 ninfa.-
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