REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 4 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-015395
ASUNTO : EP01-P-2007-015395
Visto el escrito presentado por la Abg. Johana Freire en su condición de Defensora Pública Séptima Penal del imputado ALVARO CUEVAS PEDRO RAFAEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°15.271.153, a quien se les sigue la presente causa por la presunta comisión del delito de Robo Agravado previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, éste Tribunal de Control No 05 a los fines de decidir sobre la ampliación de las presentaciones solicitada por la Defensa Pública, éste Tribunal de Control No 05 observa:
Consta que en fecha 01 de Diciembre del 2007 se otorgó medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad consistente en presentaciones cada ocho (08) días por ante la oficina de alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, verificándose el cumplimiento de las mismas por el sistema Juris 2000 en cuanto al régimen de presentaciones, por tal razón, éste Tribunal de Control acuerda la ampliación de las presentaciones cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito judicial penal del estado Barinas.
En consecuencia, éste Tribunal de Control No 05 del Circuito Judicial Penal del estado Barinas ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Acuerda la ampliación de las presentaciones del imputado cada treinta (30) días por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del estado barinas. SEGUNDO: Se acuerda librar oficio a la oficina de alguacilazgo a los fines de informarle sobre de la ampliación de las presentaciones. CUARTO: Se acuerda librar boleta de notificación a las partes. QUINTO: Se acuerda remitir la presente actuación a la Fiscalía Primera del Ministerio Público. Así se decide.

JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL No 05
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON

LA SECRETARIA
ABG. ESKARLY OMAÑA DELGADO