REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Santa Bárbara de Barinas, Diecisiete (17) de Febrero de 2009
198° y 150°
EXP. Nº -2008
PARTE DEMANDANTE: MARIA NELLY OLAYA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.211.434, domiciliada en esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas.-
PARTE DEMANDADA: VICTORIA DEL CARMEN UNDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.449.100, domiciliada en esta población de Santa Bárbara, Municipio Ezequiel Zamora del Estado Barinas.-
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMACION (HOMOLOGACION A DESISTIMIENTO).
I
Vista la diligencia que antecede, suscrita en fecha 16 de Febrero del 2009, tanto por la parte demandante como la parte demandada en autos, ciudadanas: MARIA NELLY OLAYA y VICTORIA DEL CARMEN UNDA, respectivamente, ambas identificadas plenamente en autos; mediante la cual manifiestan que DESISTEN de la presente demanda.
II
En consecuencia, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS EZEQUIEL ZAMORA Y ANDRES ELOY BLANCO de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte La HOMOLOGACION al presente DESISTIMIENTO en toda y cada una de sus partes, por no ser contrario a derecho, y actuando de conformidad con lo establecido en los Artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil vigente; se le da el carácter de COSA JUZGADA, se ordena el cese del procedimiento y el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese, díaricese y expídanse las copias de Ley, e igualmente se ordena el archivo del presente expediente, en la oportunidad que le corresponda, según cronograma respectivo, emanado del Archivo Judicial del Poder Judicial de la Circunscripción Judicial del Edo. Barinas.-
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Ezequiel Zamora y Andrés Eloy Blanco de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los Diecisiete (17) días del mes de Febrero del año Dos Mil Nueve. Años: l98° de la Independencia y 150° de la Federación.-
EL JUEZ TITULAR,
Abg. MIGUEL ANGEL PEREZ HIDALGO
EL SECRETARI TITULAR,
Abg. PEDRO MIGUEL MOLINA GARCIA.-
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las 10:00 de la mañana. Conste.-
Molina G.
Scrio.-
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