REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Estado Barinas
Barinas, 25 de Febrero de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2009-000217
ASUNTO : EP01-R-2009-000011
PONENCIA DEL DR. TRINO MENDOZA ISTURI
Imputado: Rafael Justino Montilla.
Defensor:Abg. Jesús Alberto Boscan.
Victima: El Estado Venezolano.
Delito: Resistencia a la Autoridad.
Representación Fiscal: Abg. Arlo Arturo Urquiola.
Fiscalia Cuarta del Ministerio Público.
Motivo de Conocimiento:
Apelación de Auto.
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abg. Arlo Aturo Urquiola, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Enero de 2009, por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual ordenó Libertad Plena al imputado RAFAEL JUSTINO MONTILLA; esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad; observa:
PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quién la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta a los folios 19 y 20 del presente recurso de apelación. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según el ordinal 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el Abogado Arlo Arturo Urquiola, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Auto interpuesto por el Abg. Arlo Aturo Urquiola, en su condición de Fiscal Cuarto del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 16 de Enero de 2009, por el Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, mediante la cual ordenó Libertad Plena al imputado RAFAEL JUSTINO MONTILLA, y se acordó publicar la decisión dentro de los DIEZ (10) DÍAS siguientes a la publicación del presente auto. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelaciones Presidente. Ponente
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelaciones, La Jueza de Apelaciones,
Dr. Alexis Parada Prieto Dra. María Violeta Toro
La Secretaria
Dra. Clelia Carolina Paredes.
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Scria.
Asunto: EP01-R-2009-000011
TRM/APP/MVT/CCP/gegl.-
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