REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas

Barinas, 27 de Febrero de 2009
198º y 150º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2008-000350
ASUNTO : EP01-R-2009-000017

PONENTE: MARIA VIOLETA TORO


Penado: Héctor José Baldallo Nieves

Victimas: El Estado Venezolano

Defensor Privado: Abg. Gabriel De Jesús Linares

Representación Fiscal: Abg. Arlo Arturo Urquiola, Fiscal Cuarto del Ministerio Público Del Estado Barinas.
Motivo: Apelación De Auto


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la Fiscal 4° del Ministerio Público, Abogada Arlo Arturo Urquiola, contra la decisión dictada en fecha 11.11.2008, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual sobreseyó la causa a favor del Imputado: Héctor José Baldallo Nieves, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito de Robo. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso; observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Representación Fiscal. Segundo: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. Tercero: Que la decisión que se apela es recurrible según lo dispuesto en el artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales, antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abogado Arlo Arturo Urquiola, debe ser declarado admisible. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abogado Arlo Arturo Urquiola, contra la decisión dictada en fecha 11.11.2008, por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control N° 04 de éste Circuito Judicial Penal, mediante la cual sobreseyó la causa a favor del Imputado: Héctor José Baldallo Nieves, por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes del Delito de Robo, y de conformidad con lo dispuesto en el primer aparte del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.

El Juez Presidente,


Dr. Trino R. Mendoza I.

El Juez de Apelaciones, La Jueza de Apelaciones,


Alexis Parada Prieto María Violeta Toro
Ponente

La Secretaria,

Abg. Jeanette García


TRM/APP/MVT/JG/bypa.-
Asunto: EP01-R-2009-000017.