REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 5 de Febrero de 2009
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2007-011438
ASUNTO : EP01-R-2009-000004


PONENTE: MARIA VIOLETA TORO


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Jesús Leonardo Archila (Defensor Privado), del Acusado: JHON GERSI RINCÓN PAVON, contra la sentencia publicada en fecha 04.12.08, por el Tribunal 3° de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al referido acusado, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COAUTOR. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso; observa:

Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto, por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la Defensa. Segundo: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. Tercero: Que la decisión que se apela es recurrible, según lo dispuesto en el ordinal 4° del artículo 452 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 455 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por el Defensor Privado, debe ser declarado admisible. Así se decide.
DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado Jesús Leonardo Archila Molina (Defensor Privado), del acusado JHON GERSI RINCÓN PAVON, contra la sentencia publicada en fecha 04.12.08, por el Tribunal 3° de Juicio de este Circuito Judicial Penal, y de conformidad con el primer aparte del artículo 455 procesal, se fija la décima audiencia siguiente a las 10:00 a.m., para que tenga lugar el acto de la Audiencia Oral y Pública, en una de las Salas de Audiencias de este Circuito Judicial Penal. Notifíquese a las partes.

La Jueza de Apelaciones Presidenta Temporal.
Ponente.


Dra. María Violeta Toro.


El Juez de Apelaciones, La Jueza de Apelaciones,


Dr. Alexis Parada Prieto Dra. Fanisabel González M.


La Secretaria,

Abg. Jeanette García



MVT/APP/FG /JG/bypa.-
Asunto: EP01-R-2009-000004.