ACTA

No. DE EXPEDIENTE: VP01-L-2009-000736
DEMANDANTE: DEIBY DELGADO.
APODERADOS DEL DEMANDANTE: Abog. ANDRES VENTURA Y OTROS, QUIENES TIENEN EL CARÁCTER DE PROCURADORES DE TRABAJADORES.
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES GARCÍA SÁNCHEZ C.A. (CONOCIDA COMO CENTRO HIPICO LA NEGRA).
APODERADA DE LA SOCIEDAD MERCANTIL INVERSIONES GARCÍA SÁNCHEZ C.A. (CONOCIDA COMO CENTRO HIPICO LA NEGRA): Abog. YOISID MELENDEZ.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, 14 de julio de 2009, siendo el día y la hora para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja expresa constancia de la comparecencia de la demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES GARCÍA SÁNCHEZ C.A. (CONOCIDA COMO CENTRO HIPICO LA NEGRA), representada por la ciudadana Abogada YOISID MELENDEZ, en su condición de Apoderada Judicial de la misma (según consta de documental que consigna en el presente acto) y de la incomparecencia del demandante ciudadano DEIBY DELGADO, suficientemente identificado en actas, ni por sí, ni por medio de apoderado, por lo que de conformidad con lo previsto en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la República Bolivariana de Venezuela, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO y TERMINADO el PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.


El Juez

Abog. SAMUEL SANTIAGO SANTIAGO

La Secretaria


La Apoderada Judicial de la demandada Sociedad Mercantil INVERSIONES GARCÍA SÁNCHEZ C.A. (CONOCIDA COMO CENTRO HIPICO LA NEGRA)