REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO, TRÁNSITO Y AGRARIO

Juzgado de Primera Instancia del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas.


Barinas, 30 de Julio de 2009.

199º y 150º


Por cuanto para el día de hoy, correspondía el Traslado y constitución del Tribunal a practicar la Medida de Secuestro fijada mediante auto de fecha 25/06/09, pero la misma no se pudo llevar a cabo por cuanto la Dirección Administrativa Regional del Estado Barinas, nos informo que no hay vehiculo disponible ya que se encuentran en mal estado.- en consecuencia, se difiere la Medida de Secuestro para la 08:30 a.m. del día Jueves 26/11/09.- Ofíciese en su oportunidad al Comandante del Destacamento 14 de la Guardia Nacional del Estado Barinas, a la Secretaria Ejecutiva de Seguridad y Orden Publico de la Gobernación del Estado Barinas, a la Oficina Regional del Estado Barinas adscrita al Instituto Nacional de Tierra y al Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Arismendi del Estado Barinas, con objeto de solicitar su valiosa colaboración en el sentido que efectivos y funcionarios adscritos a ese organismo acompañe a este Tribunal a la practica de la misma. Igualmente se acuerda oficiar a la Dirección Administrativa Regional del Estado Barinas, con el objeto de solicitar su colaboración en el sentido de suministrar a este Tribunal apoyo con un vehiculo para su traslado y constitución el día de la Medida de Secuestro acordada.-

ABOG. JOSE GREGORIO ANDRADE.

JUEZ.

ABG. JENNIE W SALVADOR P.

SECRETARIA.


JGA/JWSP/mh.
EXP N° 4986.